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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1173668  por marinero2020
 
Buenas noches colegas, queria consultarlos
El demandado se allana a la ejecucion de alimentos y constituye domicilio.
Yo quiero iniciar ejecucion de honorarios al demandado del expediente principal.

La pregunta es: Debo notificar al demandado al domicilio real???? o puedo decir que "atento que el demandado se allano en el expte de la ejecucion de alimentos (previo a adjuntar copia certificada del la foja donde constituye domicilio) librese cedula al domicilio alli denunciado"???

Aguardo vuestros comentarios, Muchas Gracias