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  • INFORME PERITO MECANICO - APELAR?

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 #1174406  por Iusgus2013
 
Buenas Colegas. Consulta: Estoy en un proceso de daños y perjuicios por un accidente automotor. Se solicito la intervención de perito ingeniero mecánico y realizo su informe el cual no fue claro en absoluto ni brindo precisión alguna. Me dieron traslado por 5 dias, que tan viable es pedir que brinde mayor precision o aclare los puntos solicitados? Me jugará en contra? Lo solicito? Porque en vez de brindar certeza no aclaro nada, ni para una parte ni para la otra. AGRADECERIA SUS OPINIONES porque estoy con los dias contados. Gracias
 #1174410  por legalescom
 
Código Proceal Nacional

Art. 473. - Del dictamen del perito se dará traslado a las partes, que se notificará por cédula. De oficio o a instancia de cualquiera de ellas, el juez podrá ordenar que el perito dé las explicaciones que se consideren convenientes, en audiencia o por escrito, atendiendo a las circunstancias del caso.

Si el acto se cumpliere en audiencia y los consultores técnicos estuvieren presentes, con autorización del juez, podrán observar lo que fuere pertinente; si no comparecieren esa facultad podrá ser ejercida por los letrados.

Si las explicaciones debieran presentarse por escrito, las observaciones a las dadas por el perito podrán ser formuladas por los consultores técnicos o, en su defecto, por las partes dentro de quinto día de notificadas por ministerio de la ley. La falta de impugnaciones o pedidos de explicaciones u observaciones a las explicaciones que diere el perito, no es óbice para que la eficacia probatoria del dictamen pueda ser cuestionada por los letrados hasta la oportunidad de alegar con arreglo a lo dispuesto por el artículo 477.

Cuando el juez lo estimare necesario podrá disponer que se practique otra pericia, o se perfeccione o amplie la anterior, por el mismo perito u otro de su elección.

El perito que no concurriere a la audiencia o no presentare el informe ampliatorio o complementario dentro del plazo, perderá su derecho a cobrar honorarios, total o parcialmente.
 #1174412  por Iusgus2013
 
legalescom escribió:Código Proceal Nacional

Art. 473. - Del dictamen del perito se dará traslado a las partes, que se notificará por cédula. De oficio o a instancia de cualquiera de ellas, el juez podrá ordenar que el perito dé las explicaciones que se consideren convenientes, en audiencia o por escrito, atendiendo a las circunstancias del caso.

Si el acto se cumpliere en audiencia y los consultores técnicos estuvieren presentes, con autorización del juez, podrán observar lo que fuere pertinente; si no comparecieren esa facultad podrá ser ejercida por los letrados.

Si las explicaciones debieran presentarse por escrito, las observaciones a las dadas por el perito podrán ser formuladas por los consultores técnicos o, en su defecto, por las partes dentro de quinto día de notificadas por ministerio de la ley. La falta de impugnaciones o pedidos de explicaciones u observaciones a las explicaciones que diere el perito, no es óbice para que la eficacia probatoria del dictamen pueda ser cuestionada por los letrados hasta la oportunidad de alegar con arreglo a lo dispuesto por el artículo 477.

Cuando el juez lo estimare necesario podrá disponer que se practique otra pericia, o se perfeccione o amplie la anterior, por el mismo perito u otro de su elección.

El perito que no concurriere a la audiencia o no presentare el informe ampliatorio o complementario dentro del plazo, perderá su derecho a cobrar honorarios, total o parcialmente.

Muchas gracias por tu respuesta. Habia leido al respecto, solo que tenia la incertidumbre si en un informe del perito, de 5 preguntas que contesto para mi parte, en una estamos en disidencia. Para ser breve, el perito informa que no hay cuestiones objetivas que puedan determinar quien actuo imprudentemente en el siniestro, pero en la causa penal que se inicio oportunamente, la presencia de un testigo confirma lo ocurrido, que se condice con lo que mi parte reclama. Es vital aclarar esto? El perito lo obvio. Que me recomiendan? Mil gracias!
 #1174428  por dratingi
 
hace un escrito que sea SOLICITO EXPLICACIONES. manifesta que no respondiio los puntos de pericia y reiteralos. eso creo yo. Suerte
 #1174433  por Iusgus2013
 
dratingi escribió:hace un escrito que sea SOLICITO EXPLICACIONES. manifesta que no respondiio los puntos de pericia y reiteralos. eso creo yo. Suerte

Voy a tenerlo presente. Muchas gracias! Saludos