Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • DAÑOS - MEDIDA CAUTELAR?

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1174634  por Iusgus2013
 
Buen día colegas. Paso a relatarles los hechos en cuanto a un siniestro vehicular. Mi cliente esperaba el cambio de semáforo para poder continuar rumbo hacia su hogar. Ahora bien, repentinamente siente un impacto en su motocicleta, esperando aun el cambio de semáforo, de tal impulso paso de carril. Siendo arrastrado varios metros hacia delante. Luego quien lo impactara (un vehículo) le brindo los datos de la aseguradora. Se procedió a realizar la denuncia del siniestro. Juntamente con la correspondiente denuncia penal por las lesiones sobrevinientes al accidente. También se inició por ante una fiscalía el correspondiente expediente por lesiones anteriormente mencionadas. Llega a mi estudio relatando tal situación. Comenzamos la mediación pertinente. Asistiendo la aseguradora del demandado a la audiencia. En tal instancia me entero que dicha persona, no poseía cobertura al momento del siniestro. Con lo cual se inició demanda.
Les formulo las siguientes preguntas:
• Procede en el caso, medida cautelar de inhibición. Para que no se deshaga del vehículo al momento del traslado de demanda? Ya que sería un bien a embargar, en el caso de ser procedente tal pretensión.
• En el caso de proceder tal medida. Tengo entendido que habría que abonar tasa de justicia. Se inició conjuntamente un beneficio de litigar sin gastos. Entiendo que estaría exento de pagar tal tasa de justicia?
 #1174636  por berlin1974
 
Como pedir la podes pedir, ahora que te hagan lugar a una medida cautelar en un daños y perjuicios difícil, a menos que el demandado esté rebelde.
Igual si el demandado tiene un vehículo a su nombre, pedí el embargo del vehículo no la inhibicion.
Si el actor tramita blsg no tiene que pagar tasa.
Saludos
 #1174639  por Iusgus2013
 
berlin1974 escribió:Como pedir la podes pedir, ahora que te hagan lugar a una medida cautelar en un daños y perjuicios difícil, a menos que el demandado esté rebelde.
Igual si el demandado tiene un vehículo a su nombre, pedí el embargo del vehículo no la inhibicion.
Si el actor tramita blsg no tiene que pagar tasa.
Saludos

Muchas gracias Berlin. Lo encaro por el lado del embargo entonces! Saludos!