Estimados: Les comento un caso para ver si alguno puede ayudarme.
El propietario de un automóvil tiene un accidente y el seguro determino la destrucción total del rodado, por lo tanto se presenta toda la documentación en el RNPA, con fotos del auto desguasado y demás que acreditan que el vehículo materialmente ya no existe. El Registro no otorga la baja definitiva ya que existe una inhibición general de bienes a nombre de la persona imposible de levantar la medida por el monto.
Es así que el JUEZ, ante la circunstancia mencionada y considerando que el vehiculo -al no existir - no justifica que pague impuestos, es que ordenò a la Municipalidad donde esta radicado el vehículo y a rentas que le den la baja impositiva, NO OBSTANTE RENTAS SE NIEGA YA QUE EXIGE LA BAJA REGISTRAL. Ahora bien...el ente administrativo puede no hacer efectiva la orden judicial? Como podría efectuar el planteo ya que rentas se basa en la normativa administrativa que determina que la baja administrativa se procesa con la baja registral? Desde ya muchas gracias
El propietario de un automóvil tiene un accidente y el seguro determino la destrucción total del rodado, por lo tanto se presenta toda la documentación en el RNPA, con fotos del auto desguasado y demás que acreditan que el vehículo materialmente ya no existe. El Registro no otorga la baja definitiva ya que existe una inhibición general de bienes a nombre de la persona imposible de levantar la medida por el monto.
Es así que el JUEZ, ante la circunstancia mencionada y considerando que el vehiculo -al no existir - no justifica que pague impuestos, es que ordenò a la Municipalidad donde esta radicado el vehículo y a rentas que le den la baja impositiva, NO OBSTANTE RENTAS SE NIEGA YA QUE EXIGE LA BAJA REGISTRAL. Ahora bien...el ente administrativo puede no hacer efectiva la orden judicial? Como podría efectuar el planteo ya que rentas se basa en la normativa administrativa que determina que la baja administrativa se procesa con la baja registral? Desde ya muchas gracias