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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #117533  por estudiante10
 
hola a todos queria hacerles una pregunta. Un policia que cobra un retiro obligatorio, puede seguir trabajando en relacion de dependencia y al alcanzar la edad jubilarse por la 24241?

Consulto aqui porque en el foro previsional lei respuestas variadas. Unos dicen que los aportes caen en un saco roto, otros que se puede lograr la jubilacion y mantener tambien el retiro.

Les agradezco mucho. saludos

 #118041  por Rodrigomg
 
Los policías tiene un régimen especial propio. Tiene dos situaciones de revista, una en actividad y la otra en retiro, lo que vincula a las dos es el ESTADO POLICIAL, por que en mi opinión, si trabaja en relación de dependencia si sigue bajo el Estado policial, no puede jubilarse por la 24241. Además para trabajar bajo relación de dependencia tendría que pedir la autorización correspondiente, sino es plausible de sanción administrativa. Si estas asesorando siendo estudiante, te recomiendo que lo derives a un Abogado, por ahí esto te puede traer problemas por mal asesoramiento. saludos, Rodrigo.


PPDD: Me parece que en otro post te dije que habia muchos foros de estudiantes, suscribite y participa.

 #119122  por estudiante10
 
hola gracias por contestar, no estoy asesorando a nadie, solo lo preguntaba porque no encuentro normativa al respecto ya que lo unico que encontre es el decreto 894/2001 donde dice que los policias que esten recibiendo un retiro no pueden trabajar en la Administracion pública si no renuncian al beneficio , pero nada dice de la actividad privada!

me podrias decir la normativa? gracias!

 #119172  por Rodrigomg
 
Lee la Ley 21.965 y su Decreto Reglamentario 1866/83. Rodrigo.