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  • DECLARATORIA DE HEREDEROS

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 #1175423  por Vicflo
 
HOLA GENTE! PEDI LA DECLARATORIA Y PASO AL FISCAL Y LUEGO SALIO ESTE PROVEIDO, PERO NO LA DECLARATORIA
TENIA ENTENDIDO QUE PRIMERO SALIA LA DECLARATORIA ESPERO SUS RESPUESTAS MUCHAS GRACIAS *suerte*



Con carácter previo a la inscripción de los bienesintegrantes del acervo hereditario deberá abonar la tasa de justicia.En el caso de los bienes inmuebles, se deberá darcumplimiento con lo dispuesto en el art. 730 CPCN, debiendohallarse los informes registrales debidamente actualizados almomento de solicitar la inscripción, darse cumplimiento con el art. 23de la ley 17.801 (título de propiedad), acompañar la valuación fiscal,y, si se hallaran ubicados en esta Ciudad, la constancia de inexistenciade deuda del G.C.B.A., debidamente suscripta por la autoridadcompetente (art. 3 bis de la ley 17.801, agregado por art. 4 de la ley25345) y la asunción prevista en el art. 5° de la ley 22.427.-Previo a librar el correspondiente testimonio hágasesaber que deberá denuncia en autos los datos de los herederos en lostérminos del art. 5° de la ley 25.345 (Nombre y apellido, nacionalidad,estado civil, domicilio, documento de identidad, y clave o código deidentificación otorgado por la Administración Federal de IngresosPúblicos o por la Administración Nacional de la Seguridad Social, asícomo también razón social, inscripción, domicilio y clave o código deidentificación, en el caso de las personas jurídicas) a fin deconsignarlos en los instrumentos respectivos.
A efectos de inscribir automotores, u otros bienesmuebles registrables también se deberán acompañar los informesregistrales, el título de propiedad, la valuación del bien y si seencuentra registrado en esta ciudad la constancia de inexistencia dedeuda dando cumplimiento con el art. 20 decreto- ley 6582/58agregado por el art. 5 de la ley 25345.Respecto de los demás bienes, deberá acreditarse sutitularidad y su valuación.Asimismo, en su caso, deberá citarse por cédula a todoslos profesionales que hubieren intervenido en el sucesorio (conf. art.55 del arancel)
 #1175425  por legalescom
 
Dejá un nuevo escrito, diciéndole al juzgado, estoy totalmente de acuerdo con lo resuelto pero, ahora, pido se dicte declaratoria de herederos.
 #1175439  por Vicflo
 
Perfecto..mil gracias
ahora me pregunto...
puede ser que sea que aun esta por salir la declaratoria? ya que el proveido que les trancribi esta caratulado como auto post declaratoria pero de la declaratoria ni noticias *abrazo*


esto figura en sistema



8/05/2017 CAMBIO DE ESTADO DE EXPEDIENTE EN LETRA

8/05/2017 FIRMA DESPACHO AUTO POST DECLARATORIA


27/04/2017 RECEPCION PASE FISCALIA N°1

24/04/2017 PASE FISCALIA N°1