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 #1175510  por pety
 
Buenos días, por favor necesito q me ayuden! Un inmueble con DONACION Y RESERVA DE USUFRUCTO. Los donanantes están vivos. Pero uno de los DONATORIOS falleció.
La casa esta donada por los padres con reserva de usufructo a las hijas. Una de las hijas fallece. La vivienda ahora la vendieron. Y se inicio la Sucesión de la donataria. Pero los donantes que tienen reserva de usufructo están vivos.
Ya hay declaratoria de herederos.
Pero la donataria fallecida solo tenia la " nuda" propiedad. Verdad?
Era necesaria la sucesion para la venta?
Quien firma la venta? los herederos? o los donantes que aun están vivos? Ayuda!
 #1175516  por Labracabrador
 
Si, hace falta la sucesion de la donataria para vender, ya sea:

A) Por tracto abreviado. (Recomendado)
B) Inscribiendo la ddhh y vendiendo normalmente.

Ojo con la fecha de la donacion, si es posterior al 1 de Agosto de 2015 es titulo observable.

A la escritura deberan ir los usufructuarios a renunciar al usufructo, los propietarios vivos a transmitir el dominio, los herederos de la fallecida a transmitir el dominio por tracto abreviado y los compradores.

Ojo que si hay menores herederos, sin importar su edad, se requerira autorizacion judicial expresa por tratarse de disposición de bien adquirido a titulo gratuito.
 #1175525  por legalescom
 
Ratifico, en un todo, lo expuesto por el letrado precedente.
 #1175537  por pety
 
Muchisimas gracias por la respuesta y por ser tan claro en tu explicación.! Otra consulta al ser por tracto abreviado, cuando pido el informe de anotaciones personales, para incorporar el bien el sucesión solo pido el del fallecido verdad?
el de los herederos no es necesario ya que va a haber un tracto? gracias!
 #1175544  por legalescom
 
Si lo vas a hacer por tracto abreviado, es el escribano, el que pedirá todos los certificados correspondientes al causante y herederos que venden. Vos, no necesitas pedir ningún certificado.
 #1175549  por legalescom
 
Perdón, me retracto, necesitarás los certificados de anotaciones personales del causante, además del de dominio, correspondiente solo al causante, para que el juez, ordene la inscripción de la declaratoria a nombre de los herederos.
 #1175807  por ant
 
Colegas buenos dias, me surge una duda a ver si alguno me puede ayudar.
Es un juicio por cobro de expensas que se inicia sobre dos personas que eran titulares (cada una al 50%), ambos representandos por el mismo abogado ( con un poder general para pleitos por escribano publico) uno de ellos fallece esto jamas se consigna en el expediente y el inmueble es rematado por $$2500 pesos, no enterandose los herederos hasta ahora, mas de 8 años que sucedio.
mi pregunta es el abogado tiene responsabilidad? procederia una accion de daños y perjuicios por no haber denunciado y haber privado a los herederos del derecho de defensa?
o una nulidad de toda la subasta?

Muchas Gracias!!!!
 #1175808  por legalescom
 
Ante todo, 1°) corresponde investigar, si el letrado tomó conocimiento de la muerte de su cliente; 2° ¿que hizo el condómino, al respecto, ya que debió enterarse del fallecimiento de su condómino? y, 3°) por último, ¿hubiera incidido, en algo, el conocimiento oportuno, que hubieran tenido sus herederos, respecto al juicio por cobro de expensas, ya que, además, recién toman conocimiento, ocho años después, demostrando la clase de herederos que eran?.
 #1176043  por ant
 
PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP" muchas gracias por tu respuesta!!

A tu pregunta, hubo un error en mi post anterior, el departamento subastado era solo del fallecido- Miguel- , pasa que el poder que acompaña el abogado es por los dos hermanos (fallecido - miguel- y el que aun se encuentra vivo).
El abogado tenia conocimiento del fallecimiento ya que intervino como apoderado de 4 de los herederos en la sucesion - miguel- , pero jamas les notifico que se debia ese monto tan irrisorio, el cual mis clientes hubiesen pagado sin dudas. La subasta ya se encuentra aprobada y el expediente en archivo. Pasa que el inmueble seigue figurando a nimbre de Miguel en el resgistro, es decir parece a simple vista que jamas se inicio el cuerpo de inscripcion.

Muchas gracias por su ayuda!
 #1177144  por anto2020
 
hola mi pregunta es : en el caso de una donación realizada a un ascendiente (madre) y esta luego fallece, que pasa con la donación ? vuelve al patrimonio del donante? *flor*
 #1178056  por marianmollet
 
anto2020 escribió: Dom, 11 Jun 2017, 02:27 hola mi pregunta es : en el caso de una donación realizada a un ascendiente (madre) y esta luego fallece, que pasa con la donación ? vuelve al patrimonio del donante? *flor*
Hola! si el donante no se reservó el derecho de reversión, no.-