Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • ACUERDO HOMOLOGADO. INCUMPLIMIENTO 1 CUOTA. EJECUCIÓN?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1175629  por Iusgus2013
 
Buenas tardes colegas! Consulta: Acuerdo homologado en cuotas. Lo mismo que los honorarios. No cumplieron con la primer cuota, ya se excedieron 5 dias, voy a presentar la ejecución del acuerdo (o sentencia es en todo caso??). Necesitaria quien pudiera pasarme un modelo del escrito porque busque y no hay nada concreto! Por favor, se los agradeceria! Solicito inhibicion de bienes? Lo que si no tengo conocimiento de si el empleador tiene cuentas bancarias, cuantas propiedades o vehiculo...como puedo hacer respecto a ello?? MIL GRACIAS. ESTOY CON MUCHAS DUDAS AL RESPECTO.
 #1175734  por Iusgus2013
 
ezequielrud escribió: Vie, 26 May 2017, 12:08 el modelo es sencillo, como en toda ejecucion, solo citas el incumplimiento, adjuntas convenio ylisto.
El tema cuentas o bienes, tendras que hacer un rastreo previo.

Gracias por tu respuesta. Consulte en el Tribunal, me dijeron que no va via incidente, simplemente un escrito.
Perdon si es burda la pregunta pero es la primera vez que estoy con un incumplimiento, para presentar la ejecución si o si debo realizar el rastreo previo?? O puedo presentar el escrito informando incumplimiento y posteriormente informo? Otra consulta...como puedo rastrear? Oficios al Banco Central y prop Inm y Automotor previa solicitud al Tribunal?
Desde ya, agradezco tu tiempo y predisposición. Saludos
 #1175735  por ezequielrud
 
PODES HACERLO DE MABAS MANERAS RASTREAR PREVIAMENTE O DENUNCIAR INCUMPLIMIENTO PARA LUEGO RASTREAR.
LA VENTAJA DE RASTREAR PRIMERO POR AHI ES LA DE EVITAR QUE BUSQUE ENAJENAR BIENES O VACIAR CUENTAS. EN CAMBIO SI YA ESTA EMBARGADO POR EJ. UNA VEZ TRABADO ESTE LO NOTIFICAS Y YA NADA PUEDE HACER SINO PAGAR O ESPERAR A QUE LO EJECUTES.

EL RASTREO MEDIANTE INFORMES, ANDA A CADA REGISTRO O BANCO Y SOLICITA QUE TE DEN FORMULARIOS O REQUISITOS PARA PEDIR UN INFORME. NORMALMENTE LLEVAN ALGUN SELLADO.
 #1175747  por Iusgus2013
 
ezequielrud escribió: Vie, 26 May 2017, 17:20 PODES HACERLO EXTRAJUDICIALMENTE EN LOS REGISTROS NO SE BIEN EN EL BANCO. ESTA ULTIMA TE LA CONSULTO YO A VOS CUANDO TENGAS NOVEDADES
Muchas gracias por tu respuesta. Si, averiguo, y cuando tenga la certeza comento como me fue y en donde requerir los informes! Saludos!
 #1175802  por agentil
 
Para poder ayudarte mejor deberías haber dicho donde fue el acuerdo...SECLO, en juicio, en ministerio de trabajo....porque cambia de acuerdo a como actuar.

Por lo general tenes que practicar liquidación en el escrito donde denuncias el incumplimiento y primero notifican, intiman y ponen en mora al deudor.

saludos!!
 #1175826  por Iusgus2013
 
agentil escribió: Dom, 28 May 2017, 09:55 Para poder ayudarte mejor deberías haber dicho donde fue el acuerdo...SECLO, en juicio, en ministerio de trabajo....porque cambia de acuerdo a como actuar.

Por lo general tenes que practicar liquidación en el escrito donde denuncias el incumplimiento y primero notifican, intiman y ponen en mora al deudor.

saludos!!
Fue un acuerdo en juicio. En Provincia (La Matanza). Hubo homologación. No cumplio ni con el pago de la primer cuota ni de los honorarios. Debo practicar nuevamente liquidación??
Lei que si realizas ejecucion tambien corren honorarios, es asi?
 #1175864  por agentil
 
Sí, hay honorarios de ejecución pero eso viene después.

Presenta escrito informando que no se pago y pidiendo medidas ejecutorias. Quizás primero van a ordenarte intimar a la obligada y después trabas las medidas. Hace liquidación hasta el día que inicias la ejecución.

saludos!
 #1175866  por Iusgus2013
 
agentil escribió: Lun, 29 May 2017, 11:41 Sí, hay honorarios de ejecución pero eso viene después.

Presenta escrito informando que no se pago y pidiendo medidas ejecutorias. Quizás primero van a ordenarte intimar a la obligada y después trabas las medidas. Hace liquidación hasta el día que inicias la ejecución.

saludos!
Muchas gracias por tu respuesta. Presentaré el escrito para ir ganando tiempo. La liquidación la extiendo hasta el dia de la ejecucion, como si no hubiese mediado acuerdo? O seria una aparte?