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  • PREGUNTA JUB. ADQUIERE DERECHO MARZO, AUMENTO?????

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1175995  por GonzaloSuarez
 
Buenas tardes, suponiendo que se trata de un beneficio régimen general... si la pregunta es si le corresponde que le apliquen la movilidad de marzo "POR SOBRE EL HABER INICIAL" la respuesta técnica es NO.
Si el beneficio tiene fecha de adquisición del derecho posterior al 28/02/2017 quiere decir que la aplicaron la res. 38-E/2017 (conf. ley 26.417) para actualizar los aportes y remuneraciones.. de esta forma esos "aumentos" ya fueron aplicados al calcular el haber inicial Y POR LO TANTO EN ESE MES NO SE VUELVEN A APLICAR PARA LA MOVILIDAD.
Recién cobrará un nuevo aumento en el mensual septiembre de 2017 y de ahí en adelante conforme ley 26417...
saludos.