Hola, está en CABA y es una quiebra donde se hace mal una liquidación de movida. El síndico, responsable del error, recibió del juz solicitud de revisar por considerar que había inconsistencias en el calculo y la respuesta del sindico fue que es cosa juz. Fue a la camara y se retificó la resolución del juz. Luego se rechazó el RE así es que se está cobrando un disparate y perjudicando al deudor a favor del acreedor. Cosa Juz no corresponde aducir puesto hubo una sentencia sobre las pautas para cobrar el crédito y no se está discutiendo eso, sino el calculo del sindico en el que no aplica las pautas de la sentencia. Se discute la liquidación y no la sentencia.
Gracias,
Key