Buen día colegas.
Me presento: mi nombre es Germán, soy de la provincia de Mendoza, y me he recibido hace pocos meses. Estoy dando mis primeros pasos y no tengo con quien evacuar dudas y consultas de la profesión, por lo que he llegado a este foro buscando en Google.
Puntualmente mi consulta es sobre Veraz. He leído algunos hilos en el foro, pero no me queda claro, por ello expongo aquí mi inquietud. A lo mejor alguien pueda ayudarme y también le sirva a otros en la misma situación.
El planteo es el siguiente: un posible cliente me consulta acerca de si puedo sacarlo de Veraz. He investigado y consultado la ley 25.326 art. 26 inc 4, cuando habla acerca de que los datos pueden archivarse, registrarse y cederse por un plazo de hasta 5 años, reduciéndose a 2 si la obligación ha sido cancelada. Las dudas son las siguientes:
-¿Cual es el medio que se debe emplear para hacer cesar esta situación? ¿Carta doc, demanda, amparo?
-¿A quien debe ir dirigida?
-¿Cual es el plazo en el que normalmente cesa esta situación?
Agradezco su tiempo en leerme y, de ser posible, en responderme. Pido disculpas si este tema ya ha sido tratado, he leído al respecto en el foro pero no me queda claro.
Buen domingo.
Me presento: mi nombre es Germán, soy de la provincia de Mendoza, y me he recibido hace pocos meses. Estoy dando mis primeros pasos y no tengo con quien evacuar dudas y consultas de la profesión, por lo que he llegado a este foro buscando en Google.
Puntualmente mi consulta es sobre Veraz. He leído algunos hilos en el foro, pero no me queda claro, por ello expongo aquí mi inquietud. A lo mejor alguien pueda ayudarme y también le sirva a otros en la misma situación.
El planteo es el siguiente: un posible cliente me consulta acerca de si puedo sacarlo de Veraz. He investigado y consultado la ley 25.326 art. 26 inc 4, cuando habla acerca de que los datos pueden archivarse, registrarse y cederse por un plazo de hasta 5 años, reduciéndose a 2 si la obligación ha sido cancelada. Las dudas son las siguientes:
-¿Cual es el medio que se debe emplear para hacer cesar esta situación? ¿Carta doc, demanda, amparo?
-¿A quien debe ir dirigida?
-¿Cual es el plazo en el que normalmente cesa esta situación?
Agradezco su tiempo en leerme y, de ser posible, en responderme. Pido disculpas si este tema ya ha sido tratado, he leído al respecto en el foro pero no me queda claro.
Buen domingo.