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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1177327  por ceciliaoule
 
Estimados,

Tengo las partidas de nacimiento de dos clientes que son hermanos de la causante pero me temo que deben ser timbradas. Pregunté si esas se podían timbrar (para evitar pedir tramitar otras) y que contestaron las que son emitidas con posterioridad al año no se timbran, es decir que debo solicitar las partidas de nacimiento nuevamente y pedir que estén timbradas?

Esas partidas las acompaño en el expediente con fotocopias?

Por favor me ayudan... mis clientes son medio hermanos del causante.
 #1177356  por micaela177
 
Hola. Por lo general todos los juzgados piden que sean timbradas en ese caso deberías solicitarlas nuevamente y pagar el timbrado, si es en capital federal las podes solicitar online. En cambio en Provincia solo en el registro y actualmente el valor del timbrado es de 70$. se adjuntan con copias a los fines de que el actuario certifique las copias y puedas retirar las timbradas, sino querés retirarlas las copias no hacen falta.