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  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1176141  por Vicflo
 
BUENAS GENTE!

la menor vive en provincia, el padre en capital, puedo iniciar el proceso en capital?
YO CREIA QUE SI :oops:
PERO LUEGO CONSULTE... ARTICULO 716.-Procesos relativos a los derechos de niños, niñas y adolescentes. En los procesos referidos a responsabilidad parental, guarda, cuidado, régimen de comunicación, alimentos, adopción y otros que deciden en forma principal o que modifican lo resuelto en otra jurisdicción del territorio nacional sobre derechos de niños, niñas y adolescentes, es competente el juez del lugar donde la persona menor de edad tiene su centro de vida.

QUE OPINAN? *suerte* *flor* MIL GRACIAS DESDE YA
 #1176159  por msal
 
Exacto, tenes que iniciarlo donde el menor de edad tiene su centro de vida, es decir el lugar de su residencia habitual. Ese es el juez natural, el que mejor va a garantizar el principio de inmediatez que rige estos procesos, garantizando así el contacto entre el menor y el juez. slds
 #1176269  por Vicflo
 
ok una macana
porque es un cliente q tuve en otra causa y quiere hacerlo si o si conmigo por confianza, estaba dispuesto a cambiar el domicilio para que se lo inicie y yo no tengo matricula en provincia =(
y si inicio al menos una mediacion aca en caba? pq el quiere pagar alimentos tb, quizas se pueda resolver en mediacion, lo que si no podria homologar si hay acuerdo? o puedo con acuerdo de la otra parte hacer prorroga de la jurisdiccion?
saludos y mil gracias desde ya *flor* *suerte*
 #1177492  por AndreaBen
 
Hola, el hijo está reconocido por otra persona? Tenes q impugnar filiación? Si no es así, creo q vas directo al registro civil y lo reconoce, y el registro notifica ese reconocimiento a la mamá. Yo averiguaria por ahí. Es reconocimiento voluntario. Estoy en La Plata y se de un caso q hicieron eso. Suerte.
 #1177664  por Vicflo
 
muchas gracias por tu respuesta! tiene el apellido de la mama asi que creo puede hacerlo como vos me decis, el tema es que para el regimen de contacto y alimentos no le puedo iniciar la mediacion aca en capital y la idea es llegar a un acuerdo. pregunto si inicio en capital mediacion y la parte viene y llegamos a acuerdo puede quedar plasmado en el mismo la prorroga de jurisdiccion? *suerte*
 #1177971  por AndreaBen
 
Entiendo q no vas a poder, el juzgado se va a declarar incompetente, tenes q iniciar en el domicilio del niño. En pcia de Buenos Aires no hay mediación en flia, tenes etapa previa con el consejero. Si el cliente quiere q se lo lleves vos, yo buscaría algún colega amigo con matrícula de pcia.