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 #1177660  por Rega
 
Me sacan una duda. Se puede compartir el domicilio electrónico?
Es decir si yo tengo un usuario electrónico. Pero por razones organizativas del estudio quiero constituir el domicilio electrónico bajo otro usuario ( el cuit de otro abogado que no va a intervenir en el proceso), se puede?
En que acordada no estaríamos aparando?. Porque tengo un temita de nulidad de notificación que tengo que resolver.-
Gracias!
 #1177669  por administrativista
 
Sí se puede.
Amparate en la última parte del art. 3 del Reglamento (Ac. 3845/17 S.C.B.A.), “Las partes tendrán que constituir su único domicilio electrónico en el de un letrado, aun cuando no sea el de quien las patrocina en el proceso…”.