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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1177724  por reymonlaplata
 
Hola , buenas tardes , tengo que hacer mi primera liquidacion laboral y la verdad es que estoy perdido... La persona a la que represento trabajo desde el 1/1/12 hasta el 1/4/16 para una empresa de seguridad como vigilador. Los primeros dos años de la relacion laboral fueron en negro , ya que lo blanquearon recien en mayo de 2014. Lo echaron y le dieron una indemnizacion mas baja que la que le correspondia ya que lo indemnizaron por el articulo 247 y no por el 245. Mi pregunta es la siguiente , como debo practicar la liquidacion ?? para la parte en negro se que es 1/4 del total que percibio ( seria desde enero de 2012 a mayo de 2014?) y despues liquido aparte los otros dos años que estuvo en eblanco y los sumo?? otra cuestion no menor es que en el recibo de sueldo figuraba como vigilador general y recibia una suma menor a la que establecia el CCT en las escalas salariales ! Cualquier ayuda o consejo es de utilidad. Muchas gracias
 #1177727  por astur
 
reymonlaplata escribió: Sab, 17 Jun 2017, 17:22 Hola , buenas tardes , tengo que hacer mi primera liquidacion laboral y la verdad es que estoy perdido... La persona a la que represento trabajo desde el 1/1/12 hasta el 1/4/16 para una empresa de seguridad como vigilador. Los primeros dos años de la relacion laboral fueron en negro , ya que lo blanquearon recien en mayo de 2014. Lo echaron y le dieron una indemnizacion mas baja que la que le correspondia ya que lo indemnizaron por el articulo 247 y no por el 245. Mi pregunta es la siguiente , como debo practicar la liquidacion ?? para la parte en negro se que es 1/4 del total que percibio ( seria desde enero de 2012 a mayo de 2014?) y despues liquido aparte los otros dos años que estuvo en eblanco y los sumo?? otra cuestion no menor es que en el recibo de sueldo figuraba como vigilador general y recibia una suma menor a la que establecia el CCT en las escalas salariales ! Cualquier ayuda o consejo es de utilidad. Muchas gracias
Todo depende, como fue el intercambio epistolar? Ley 24013 o 25323?
 #1177740  por reymonlaplata
 
Hola Astur, gracias por responder ! En una de las C.D le puse lo siguiente : " ...atento a haber cesado la relación laboral por decisión unilateral suya y la negativa a brindarme un puesto de trabajo. Entregue certificado art. 80 LCT, todo bajo apercibimiento de accionar judicial y administrativamente conforme los términos de las Leyes 25345 y 25323 con las penalidades establecidas en la citada normativa."
 #1177786  por astur
 
reymonlaplata escribió: Dom, 18 Jun 2017, 11:53 Hola Astur, gracias por responder ! En una de las C.D le puse lo siguiente : " ...atento a haber cesado la relación laboral por decisión unilateral suya y la negativa a brindarme un puesto de trabajo. Entregue certificado art. 80 LCT, todo bajo apercibimiento de accionar judicial y administrativamente conforme los términos de las Leyes 25345 y 25323 con las penalidades establecidas en la citada normativa."
Reymon, me queda la duda si esta extinta la relacion laboral, intimastes, pero luego no te distes por despedido, yo mandaria otro telegrama dandome x despedido.
En el telegrama, que citas das x cierto que la empleadora lo despidio, pero es asi realmente? le mando telegrama de despido? ¿se entiende mi duda?