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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1176276  por Pichi2015
 
Doctores tengo una duda del intercambio telegráfico. Un cliente trae unos telegramas dirigidos a AFIP y al empleador, los cuales vinieron todos con domicilio cerrado, etc. Estos telegramas tienen fecha de hace un año y medio, y nunca mas mandó otro telegrama anunciando la injuria, ni firmo ninguna demanda. La ruptura del vinculo se produjo en una relación en negro en ese entonces. Y para agravarlo un poco, cambio la razón social del comercio, a nombre de una persona del mismo apellido que tiene el dueño anterior.

1-Debo enviar nuevos telegramas y luego presentar la demanda? A quien dirijo el nuevo telegrama? Al anterior dueño, al actual, o a los dos?

2-Debo mandar el segundo telegrama considerándose despedido?

2-Debo presentar solo la demanda? Al mismo domicilio?

Apelo a su experiencia, muchas gracias.
 #1176316  por eltam88
 
Lo correcto hubiera sido enviar telegrama que hiciera efectivo el apercibimiento. Si hubo silencio y el telegrama intimatorio está hecho de forma que surja del mismo que el silencio llevaba a la ruptura del vínculo, entiendo que se podría meter demanda sin otro telegrama. También podés enviar el del art. 80 y ahí haces mención a que el silencio, la falta de cumplimiento a lo exigido fue tomado como injuria rupturista...
 #1176330  por Pichi2015
 
Muchas gracias por tu respuesta. No sería un despido extemporáneo si envío un nuevo telegrama? A quien los dirijo?
 #1176370  por eltam88
 
Fijate lo que te contesto. Remitiría al empleador y haría saber la situación al adquirente. A este último diciéndole que por la transmisión es solidariamente responsable.
Entiendo que al no haber cumplido con lo exigido en el telegrama (si la intimación fue categórica sobre la posibilidad rupturista) se extinguió por culpa del demandado aunque no haya un telegrama rescisorio
 #1176421  por agentil
 
La postura de eltam está bien pero es una postura muy minoritaría de la CNAT. En el caso, ni siquiera recibieron los telegramas ya que estaba el domicilio cerrado. Yo no tomaría el caso sinceramente.

saludos!!
 #1176801  por Pichi2015
 
Muchas gracias a todos. Voy a intentarlo por la parte actora, perdido por perdido. Alguna sugerencia?
 #1176803  por damian18666
 
Buenas tardes:
Lamentablemente no tenes muchas opciones, te tiro las opciones que yo me representaría en tu caso.
Opcion a: como nadie recibió la intimación empiezo de 0, mando intimación ahora, a la persona física que lo empleó, y a la s.a. y/o s.r.l. con el TCL a la AFIP. Una vez que hagas esto verificas por la pagina del correo que le haya llegado y si no le mandas reiteratorio. Despues de eso te podes considerar despedido tranquilo.
Opción b: tratas de reparar lo irreparable, mandas un reiteratorio y esperas a ver que dicen o que informa la pagina del correo que paso y recien ahi te consideras despedido, si nunca les llego nada y no te tomaste el trabajo de mandar reiteratorio por mas que venga de testigo el escuadron de los 300 directamente de esparta para declarar, la sentencia va a decir que existió una ruptura intempestiva de tu parte (tristemente me paso una vez, afortunadamente yo no habia empezado la carpeta).
Opción c: le digo que le devuelvo la carpeta porque hay mucho riesgo de que el Juez considere que por los tiempos desde que dejo de trabajar es un reclamo inventado, vos ya sabes que no la vas a tener fácil, esta opcion dependerá de que tan bueno sea el caso, si trabajó 25 años y ganaba 25 lucas dale para adelante si no, chau chau.

La mejor opcion para mi es la primera, de ultima si vez que se te complica mucho mas adelante, le renuncias y pedis regulación y listo, algunos casos se ganan otros se pierden pero todos se cobran.
 #1177284  por byvicky
 
Buenos días, tengo un caso también que lleva un tiempo. Es de trabajo no registrado, son dos empleados en la misma situación. ambos empleados eran contratados por dos personas que tenían registradas dos s.r.l. Realizaban traslados (en sus vehículos particulares) de pacientes en rehabilitación para varias A.R.T. Los llevaban a la consulta medica o sesión de rehabilitación y luego los pasaban a buscar. En diciembre de 2015 a uno de ellos le secuestran el auto porque lo tomaron como remis no habilitado. Desde allí los empleadores no se hicieron cargo de nada. Al empleado lo condenaron a pagar una multa de aprox $30.000 mas los gastos de abogados etc.
En ese momento se realizaron intercambio telegráfico, se intimo a que aclare situación laboral, hasta considerarse despedido. los telegramas se enviaron al domicilio de las personas contratantes (socios gerentes) y al de las S.R.L (las cuales desde que ambos trabajaban estaban ya cerradas, es decir que nunca funcionaron allí para los empleados).
Luego se realizo el SECLO sin arribar a ningún acuerdo, ya que los empleadores jamás se presentaron. De esto ya pasó año y medio y no se hizo nada más.
Mi intenciónes obviamente extender la responsabilidad al socio gerente, pero además se me ocurre que las A.R.T. calificarían como empleadores indirectos.
Mi pregunta es... presento la demanda y ya? o me conviene enviar nuevos telegramas? puedo reclamar a las ART como empleadores indirectos? debo cursar telegramas a ellos o puedo directamente citarlos en la demanda como responsables solidarios? podría enviar telegramas a las A.R.T. a pesar del tiempo? No me dedico a laboral, es de un familiar directo y la verdad es que el caso es bastante complejo. Desde ya muchas gracias
 #1177894  por byvicky
 
Buenas tardes! disculpen mi ignorancia, pero... Como debo hacer para que me respondan? las pocas veces que he hecho consultas no obtengo respuestas. Quizás estoy haciendo algo mal al publicar? Gracias.-
 #1177965  por damian18666
 
Buenas tardes: con respecto a las respuestas, es muy complicado, yo actualmente tengo 2 trabajos fijos y me meto aca para hablar de lo que mas me gusta, la abogacía, me recibí hace casi 8 años y cuando sali de la facu sin experiencia el único que me tendió la mano fue un amigo de la facu que me enseño lo mucho o poco que se, de a poco fui apoderado de Asociart ART, La Caja ART (actual EXPERTA), SMG ART (despues de la fusión con Liberty SMG ART) (gracias a mi entonces y actual mujer). Cuando puedo ayudo, pero es medio engorroso entrar aca, mandame privado y agregame a whatsapp y si puedo te ayudo en tus dudas.
Con respecto al caso que contas voy a tratar de hacerlo lo más claro posible.
Primero el Derecho en general es muy gris, y la Ley casi siempre es ambigua y tenes que recurrir a alguien que le haya pasado que no quiere decir que siempre pase así porque hay tantos criterios como los 80 Juzgados laborales que existen.
Cuando inicias un reclamo laboral tenes que mandarle a todos los accionados tcl, a la empresa y copy paste a los socios diciendo que extendes responsabilidad en los terminos del art. 54 y 59 de la 19550, con respecto a otras empresas supuestamente empleadoras, tenes que ver muy bien como lo encaras, pensalo en estos terminos, el flaco hace traslados, genial, trabaja para una empresita de morondanga que antes de pagar 100 lucas disuelven todo y se borran (ahi es esencial que tengas un amigo con acceso a reportes online, asi sabes si los socios tienen bienes inmuebles o vas a gastar al pepe 75, 90 150 o lo que cueste si es cedula ley correr con esos diligenciamientos, olvidate que el cliente lo pague, antes te critican y se buscan otro abogado, jajaja), ahi vas viendo a quien le metes el reclamo, si la empresa es basura ni te gastes, no les mandes nada, es al pepe, el objetivo es cobrar, anda directo contra la ART o clinica o para quien haya realizado los traslados.
El plazo es 2 años, si no paso este plazo siempre podes arreglarlo, por ejemplo tirando a la basura los otros TCL y reclamando de 0 contra la ART, pero como estaba en negro perdiste las multas de la 24.013 si reconoces que te fuiste del trabajo hace año y medio, asi que no tenes otra que mentir y decir ART intimo plazo 48 horas proceda a regularizar la relación laboral bla bla bla, y aca no paso nada decis que esta trabajando ahora, podes intimar ahora a la ART manteniendo el intercambio previo, si podes, pero no es recomendable, vas a tener muchos problemas, lamentablemente es mejor mentir y empezar de cero o morir con los originales, si no queda muy desprolijo, acordate aca el meollo es cobrar, sabes lo juicios que me morfé 3 años o más al pepe, encima el cliente no te recomienda ni para que le cortes el pasto a la vecina despues de ganar y no cobrarle a nadie.
Hay cosas que uno da por descontado, pero que por las dudas o para otro que lea esto lo voy a decir: si vas a cobrar y esta todo hermoso, cobraste, practicaste liquidacion, notificaste la misma y nada, cri cri cri, tenes que ejecutar, la ejecución de sentencia deja de ser de impulso de oficio, asi que tenes que hacer todo vos, como si fuera un accidente de transito, no te pagaron, intimas bajo apercibimiento de ejecución, y nadaaaa, pedis oficio a los bancos con los que sabes que opera (o peor al banco central), pedis oficio al registro de la propiedad inmueble y automotor y recien ahi vas a saber si hay con que pagar.
Esa frase del cliente naaaa esta podrido en plata no sirve por dos razones, puede manejar una ferrari y solo tener cedula azul, además los rodados con el 08 firmado lo trasnferis en horas, y los inmuebles salvo que hayas pedido certificado de dominio estas en la misma, ademas pensa que la gente que tiene empleados en negro no es idiota y piensa en la eventualidad de comerse un juicio. Cualquier duda preguntame, mandame mensaje privado que estos dias estoy mas atento, nos tenemos que ayudar entre nosotros (los abogados), me acuerdo cuando fui a mi primera entrevista y me dijeron que de favor me dejaban trabajar gratis ahi (abuelos chupasangre jajaja) en vez de empujarlo y romperle la cadera me fui le dije gracias dr., pero no gracias.
En esta profesión se puede trabajar bien sin perjudicar al colega, mi mujer me dice no avives giles que se te vuelven en contra, jajaja, esta bueno ir a una audiencia con un caso mal encarado y que en privado el abogado te diga por que ni a palos lo concilia en seclo en vez de prenderte fuego adelante del cliente, hay que ser piola, yo creo en el balance karmico, a las audiencias hay que ir con buena onda, odio a los viejos malco, tomen viagra loco, sean felices o dediquense a otra cosa.
Saludos
 #1178034  por byvicky
 
damian18666 escribió: Mié, 21 Jun 2017, 15:52 Buenas tardes: con respecto a las respuestas, es muy complicado, yo actualmente tengo 2 trabajos fijos y me meto aca para hablar de lo que mas me gusta, la abogacía, me recibí hace casi 8 años y cuando sali de la facu sin experiencia el único que me tendió la mano fue un amigo de la facu que me enseño lo mucho o poco que se, de a poco fui apoderado de Asociart ART, La Caja ART (actual EXPERTA), SMG ART (despues de la fusión con Liberty SMG ART) (gracias a mi entonces y actual mujer). Cuando puedo ayudo, pero es medio engorroso entrar aca, mandame privado y agregame a whatsapp y si puedo te ayudo en tus dudas.
Con respecto al caso que contas voy a tratar de hacerlo lo más claro posible.
Primero el Derecho en general es muy gris, y la Ley casi siempre es ambigua y tenes que recurrir a alguien que le haya pasado que no quiere decir que siempre pase así porque hay tantos criterios como los 80 Juzgados laborales que existen.
Cuando inicias un reclamo laboral tenes que mandarle a todos los accionados tcl, a la empresa y copy paste a los socios diciendo que extendes responsabilidad en los terminos del art. 54 y 59 de la 19550, con respecto a otras empresas supuestamente empleadoras, tenes que ver muy bien como lo encaras, pensalo en estos terminos, el flaco hace traslados, genial, trabaja para una empresita de morondanga que antes de pagar 100 lucas disuelven todo y se borran (ahi es esencial que tengas un amigo con acceso a reportes online, asi sabes si los socios tienen bienes inmuebles o vas a gastar al pepe 75, 90 150 o lo que cueste si es cedula ley correr con esos diligenciamientos, olvidate que el cliente lo pague, antes te critican y se buscan otro abogado, jajaja), ahi vas viendo a quien le metes el reclamo, si la empresa es basura ni te gastes, no les mandes nada, es al pepe, el objetivo es cobrar, anda directo contra la ART o clinica o para quien haya realizado los traslados.
El plazo es 2 años, si no paso este plazo siempre podes arreglarlo, por ejemplo tirando a la basura los otros TCL y reclamando de 0 contra la ART, pero como estaba en negro perdiste las multas de la 24.013 si reconoces que te fuiste del trabajo hace año y medio, asi que no tenes otra que mentir y decir ART intimo plazo 48 horas proceda a regularizar la relación laboral bla bla bla, y aca no paso nada decis que esta trabajando ahora, podes intimar ahora a la ART manteniendo el intercambio previo, si podes, pero no es recomendable, vas a tener muchos problemas, lamentablemente es mejor mentir y empezar de cero o morir con los originales, si no queda muy desprolijo, acordate aca el meollo es cobrar, sabes lo juicios que me morfé 3 años o más al pepe, encima el cliente no te recomienda ni para que le cortes el pasto a la vecina despues de ganar y no cobrarle a nadie.
Hay cosas que uno da por descontado, pero que por las dudas o para otro que lea esto lo voy a decir: si vas a cobrar y esta todo hermoso, cobraste, practicaste liquidacion, notificaste la misma y nada, cri cri cri, tenes que ejecutar, la ejecución de sentencia deja de ser de impulso de oficio, asi que tenes que hacer todo vos, como si fuera un accidente de transito, no te pagaron, intimas bajo apercibimiento de ejecución, y nadaaaa, pedis oficio a los bancos con los que sabes que opera (o peor al banco central), pedis oficio al registro de la propiedad inmueble y automotor y recien ahi vas a saber si hay con que pagar.
Esa frase del cliente naaaa esta podrido en plata no sirve por dos razones, puede manejar una ferrari y solo tener cedula azul, además los rodados con el 08 firmado lo trasnferis en horas, y los inmuebles salvo que hayas pedido certificado de dominio estas en la misma, ademas pensa que la gente que tiene empleados en negro no es idiota y piensa en la eventualidad de comerse un juicio. Cualquier duda preguntame, mandame mensaje privado que estos dias estoy mas atento, nos tenemos que ayudar entre nosotros (los abogados), me acuerdo cuando fui a mi primera entrevista y me dijeron que de favor me dejaban trabajar gratis ahi (abuelos chupasangre jajaja) en vez de empujarlo y romperle la cadera me fui le dije gracias dr., pero no gracias.
En esta profesión se puede trabajar bien sin perjudicar al colega, mi mujer me dice no avives giles que se te vuelven en contra, jajaja, esta bueno ir a una audiencia con un caso mal encarado y que en privado el abogado te diga por que ni a palos lo concilia en seclo en vez de prenderte fuego adelante del cliente, hay que ser piola, yo creo en el balance karmico, a las audiencias hay que ir con buena onda, odio a los viejos malco, tomen viagra loco, sean felices o dediquense a otra cosa.
Saludos
MUCHAS GRACIAS, te escribo por privado seguro porque me surgirán miles de dudas!!!!!