Estimados, leí todos los post sobre la temática, pero no logro avanzar. Busque información sobre las formulas matemáticas utilizadas en materia laboral con VOUTTO y MENDEZ, e incluso bajo la orbita del nuevo código -hablando de un accidente de transito- seria de aplicación esta ultima formula. El tema es el siguiente a mas de ser harto compleja, mi caso resulta en un pensionada que sufrió un accidente de transito a los 59 años y se jubilo a los 60. El perito de parte fijó un porcentaje de incapacidad del 30%. Así las cosas, la pregunta seria en, como estimar económicamente ese porcentaje de incapacidad total y definitiva? Alguno me puede dar una mano! muchas gracias.