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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1178408  por Iusgus2013
 
Buenas colegas. Aclaro que no me dedico a previsional por eso necesitaria disipar dudas con quienes estan en el tema.
Consulta: un hombre trabaja como seguridad en camión de caudales. Tiene prepaga Ospoce. Me comento que le devenga como si fuera obra social y el no debe abonar ninguna diferencia. La cuestión es que hace casi un año a su mujer le detectaron cancer y estuvo en tratamiento. Por la cobertura pudo hacerse atender en el Hospital Italiano, el cual era excelente y por suerte pudo curarse. Logicamente le solicitan que siga realizandose controles. Ahora bien, el marido se jubila en Marzo del año proximo y no quiere que sus aportes vayan a PAMI porque quiere que su mujer siga atendiendose en el mismo lugar. Ahora su consulta fue la siguiente: Al jubilarse puede pedir que en vez de a PAMI sus aportes vayan a XXX prepaga y la diferencia abonarla? Porque de contratar la misma prepaga que hoy tiene estamos hablando de un valor exhorbitante para lo que es un jubilado. En realidad quiere mantener la misma prepaga. Que posibilidades hay? Espero haber sido claro. DESDE YA MIL GRACIAS POR SU TIEMPO! SALUDOS!
 #1178415  por lucky
 
¿Estás seguro que no es una Obra Social? Parecería que sí lo es.
Si lo fuera, como no está en el Registro de Obras Sociales que aceptan jubilados, cuando el Sr. acceda al Beneficio no va a quedar otra que intimar por CD manifestando su opción de continuar con las prestaciones médicas de esa Obra Social basándose en el art. 16 de la Ley 19.032, arts. 8 inc. b) y 20 de la Ley 23.660, Decreto Nº 576/93, Resolución Nº 56/09 de la Defensoría del Pueblo de la Nación del 18/03/2009, la Constitución Nacional y Pactos Internacionales sobre Derechos Humanos.
Y ante el rechazo ir en amparo invocando el fallo “Albónico, Guillermo Rodolfo y otro c/Instituto de Obra Social” de la CSJN y lo va a ganar.
 #1178463  por Iusgus2013
 
lucky escribió: Lun, 26 Jun 2017, 23:52 ¿Estás seguro que no es una Obra Social? Parecería que sí lo es.
Si lo fuera, como no está en el Registro de Obras Sociales que aceptan jubilados, cuando el Sr. acceda al Beneficio no va a quedar otra que intimar por CD manifestando su opción de continuar con las prestaciones médicas de esa Obra Social basándose en el art. 16 de la Ley 19.032, arts. 8 inc. b) y 20 de la Ley 23.660, Decreto Nº 576/93, Resolución Nº 56/09 de la Defensoría del Pueblo de la Nación del 18/03/2009, la Constitución Nacional y Pactos Internacionales sobre Derechos Humanos.
Y ante el rechazo ir en amparo invocando el fallo “Albónico, Guillermo Rodolfo y otro c/Instituto de Obra Social” de la CSJN y lo va a ganar.

Muchas gracias por tu respuesta. Tenes razón, si lo es. Es La Obra Social del Personal de los Organismos de Control Externo. Perdon que sea reiterativo, cuando se jubile esta intimación por CD debe ir a PAMI? a la Obra Social? Debo verificar si se encuentra en la cartilla o fue una afirmación de tu parte? Gracias
 #1178480  por lucky
 
Una vez jubilado, intimá a la OBRA SOCIAL por telegrama gratuito ley 23789.
El listado de Obras Sociales que pueden recibir jubilados está en este link:
http://www.sssalud.gob.ar/index.php?pag ... osc&tipo=5

Una vez que venció el plazo sin que responda o con respuesta negativa a la intimación, presentá el amparo.

Algunas obras sociales te contestan que puede continuar pero como "adherente" y pagando un importe mensual (que no es barato para un jubilado). Muchos prefieren esa opción a meter un amparo.
Depende de cada persona.
 #1178484  por Iusgus2013
 
lucky escribió: Mar, 27 Jun 2017, 15:15 Una vez jubilado, intimá a la OBRA SOCIAL por telegrama gratuito ley 23789.
El listado de Obras Sociales que pueden recibir jubilados está en este link:
http://www.sssalud.gob.ar/index.php?pag ... osc&tipo=5

Una vez que venció el plazo sin que responda o con respuesta negativa a la intimación, presentá el amparo.

Algunas obras sociales te contestan que puede continuar pero como "adherente" y pagando un importe mensual (que no es barato para un jubilado). Muchos prefieren esa opción a meter un amparo.
Depende de cada persona.

Muchisimas gracias por tu respuesta. Muy clara. Como explicaba esta persona quiere mantener la misma obra social por el tratamiento de su mujer, en el Hosp Italiano, en el cual estan muy contento con el servicio prestado.
 #1178563  por Iusgus2013
 
Anyweb escribió: Mar, 27 Jun 2017, 19:11 No todas las Obras Sociales toman jubilados. Primero averiguá eso.
Muchas gracias Any! Voy a buscar en el listado y corroborar lo que me informas.