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  • Sucesiones - Derecho de Representación ¿Sucesión necesaria?

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 #1178968  por legistamv
 
Estimados, disculpen la molestia, tengo una consulta, en cuanto al Derecho de Representación en las sucesiones de colaterales. Mi gran consulta es, una persona para acudir en derecho de representación, es necesario que haya realizado previamente la sucesión correspondiente a su padre fallecido, o bien con tan solo acreditar el vinculo puede ir en representación en la sucesión de los colaterales?
Desde ya muchas gracias.
 #1178980  por legalescom
 
El derecho de representación, precisamente, sólo requiere el certificado de defunción del representado, no su sucesión. Pero, tené en cuanta que, no todos los colaterales, pueden acceder, por derecho de representación, ya que se dispone en el Cód. Civil y Comercial:

Art. 2439.- Orden. Los colaterales de grado más próximo excluyen a los de grado ulterior, excepto el derecho de representación de los descendientes de los hermanos, hasta el cuarto grado en relación al causante. Los hermanos y descendientes de hermanos desplazan a los demás colaterales.(*)

O sea, solo los descendientes de los hermanos, pueden invocar el derecho de representación, ya que, si heredaran primos, los vivos, excluyen a los hijos de los primos muertos.