Estimados, disculpen la molestia, tengo una consulta, en cuanto al Derecho de Representación en las sucesiones de colaterales. Mi gran consulta es, una persona para acudir en derecho de representación, es necesario que haya realizado previamente la sucesión correspondiente a su padre fallecido, o bien con tan solo acreditar el vinculo puede ir en representación en la sucesión de los colaterales?
Desde ya muchas gracias.
Desde ya muchas gracias.