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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1179040  por Pachita
 
Colegas

Tengo una duda es mi primera de sentencia en seguridad social, el tribunal dicta resolución donde ordena se intime a ANSES para que de cumplimiento a la sentencia y presente liquidación.
O sea que solo le mando cedula sin acompañar mi presentación de ejecución de sentencia donde también presente liquidación?
 #1179080  por lucky
 
Habría que ver qué dice todo el proveído.
Lo que corresponde, y generalmente actúan de este modo, es que den traslado de la liquidación (algunos juzgados le otorgan un plazo mayor al de 5 días para contestar). Este traslado se hace por cédula.
Es raro que los intimen a presentar liquidación sin darles previamente traslado de la tuya.
¿Qué juzgado es?
 #1179173  por Pachita
 
Hola Lucky!

si me parecio raro tambien.

es el Juzgado 8 el proveido dice

Atento al estado de autos, intímese a la ANSeS a fin de que en el término de veinte días de cumplimiento con la sentencia recaída en autos y acompañe la liquidación pertinente, bajo apercibimiento de ejecución (conf. art. 499 y concs. del C.P.C.C.N.). Notifíquese.
Téngase presente la liquidación acompañada y la autorización conferida. A lo demás peticionado, previo estése a lo dispuesto precedentemente
 #1179177  por lucky
 
Que ganas de demorar todo! Si el Juzgado sabe que Anses no va a pagar ni va a hacer liquidación.
Esto se notifica por cédula sin adjuntar tu liquidación (que solo la tuvieron presente).
Lo que sucede es que después de este plazo van a dar traslado de la liquidación. No la van a aprobar sin previo traslado con la consiguiente demora.
Es un disparate todo.