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  • DIVISION DE CONDOMINIO

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 #1179522  por cafili
 
Hola a todos: Les comento: tengo un cliente que tiene el 25% de un Depto y el 25% de una casa. Ambos, provenientes de una herencia de su padre. Los otros titulares registrales son: su madre 50%, y su hermano 25%. Ahora, la madre y el hermano de mi cliente le dijeron por mensaje de texto al celular de mi cliente que venden su parte del depto, que si mi cliente quiere, que se acople. Frente a esto, Mi cliente, quiere dividir todo el condominio.
Es en Provincia de Buenos Aires, Depto Judicial SAN ISIDRO.
PREGUNTAS:
¿Sorteo una Division de Condominio ?????? (ya se que va con Mediacion obligatoria).
Siendo que se puede vender la parte indivisa de un inmueble, pido alguna cautelar del tipo no innovar, o amparo; para frenar la venta indivisa hasta tanto se resuelva toda la division???.
 #1179523  por legalescom
 
En primer lugar, cada coheredero, puede vendar su parte indivisa, sin que pueda alegarse oposición valedera alguna.
En segundo lugar, en realidad, no se trataría de una división de condominio, ya que es una indivisión hereditaria.
Para algunos autores, si alguno de los herederos quiere hacer cesar la indivisión hereditaria, no debe intentar la acción de división de condominio, sino la de partición. Para otros, con la inscripción, cesa la indivisión hereditaria y pasa ser condominio, tesis que no comparto.
Por lo tanto, me presentaría, en el sucesorio, y pediría la partición hereditaria.
Sin perjuicio de ello, tené presente que a tu cliente, lo están "corriendo con la vaina", ¿quién va a comprar, sólo las 3/4 partes de una propiedad, sabiendo que la 1/4 parte restante, le podría costar, más adelante, mucho más de la 1/2 del total?, sin perjuicio de que, el titular remanente, lleve el bien a remate para hacerse de su 1/4 ?. ¿Capisce?
 #1179570  por cafili
 
Hola: Capisce. Te agradezco muchísimo por tan generosa respuesta. Nada más que agregar, has sido muy claro y coincido en que el que compra la 3/4 partes se expone a mucho, pone el dinero y ni le conoce la cara al que tiene el restante 25% que lo puede "esperar" y después pedirle el doble, salvo que , como señalas, lo compre y se lo lleve a remate.