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  • DAÑOS - EMBARGO PREVENTIVO

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 #1179583  por Iusgus2013
 
Buenas Colegas. Una consulta, por un daños y perjucios inciado por un accidente de transito contra el titular y el conductor del vehiculo, no contaban con aseguradora. Al ingresar la demanda puedo solicitar en el mismo escrito de inicio en un item el embargo preventivo?? O debo esperar que sea notificado primero? De ser asi, debo acompañar documental?
 #1179587  por legalescom
 
En los procesos seguidos por daños y perjuicios derivados de un hecho ilícito es factible solicitar una medida cautelar con sustento en la norma contenida en el art.195 del CPCC sólo cuando median supuestos de máxima verosimilitud del derecho, tales como los casos en que se verifica la confesión expresa o ficta o existe condena criminal contra el demandado o un agente por el cual el mismo responde civilmente requiriéndose además la acreditación del peligro en la demora y la fijación de una contracautela.

CARATULA: Manili Pablo Luis c/ Fontana Fernando s/ Medidas cautelares
MAG. VOTANTES: Furst - Arazi - Montes de Oca
 #1179590  por abogado_1987
 
Iusgus2013 escribió: Lun, 10 Jul 2017, 11:04 Buenas Colegas. Una consulta, por un daños y perjucios inciado por un accidente de transito contra el titular y el conductor del vehiculo, no contaban con aseguradora. Al ingresar la demanda puedo solicitar en el mismo escrito de inicio en un item el embargo preventivo?? O debo esperar que sea notificado primero? De ser asi, debo acompañar documental?
.
en prov Baires, tené presente > ARTÍCULO 210°: (Texto según Ley 14156) Otros casos. Podrán igualmente pedir el embargo preventivo:
...
5) La persona que haya de demandar por daños y perjuicios ocasionados por accidentes de tránsito, cuando el vehículo involucrado carezca de cobertura de seguro contra terceros, sean transportados o no, si acreditaren la verosimilitud del derecho y el peligro de la demora.

DECRETO-LEY 7425/68
http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/l ... -7425.html
CODIGO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL
 #1179591  por Iusgus2013
 
Muchas gracias a todos por su tiempo y predisposición. Por lo que entiendo, no habria inconveniente en solicitarlo porque existe la posibilidad de que notificado intente "desprenderse" del rodado. Todo ello basandome en el articulado que me informaron 195CCPP. Entiendo que no debo acompañar ninguna prueba respecto a este inciso dentro del escrito de inicio, no? Reitero mi agradecimiento! Saludos!!
 #1179593  por ccolalongo
 
Empeza por fijarte a nombre de quien esta el rodado, y si seguramente intentará venderlo. Anda pidiendo un dominio.
Iusgus2013 escribió: Lun, 10 Jul 2017, 13:16 Muchas gracias a todos por su tiempo y predisposición. Por lo que entiendo, no habria inconveniente en solicitarlo porque existe la posibilidad de que notificado intente "desprenderse" del rodado. Todo ello basandome en el articulado que me informaron 195CCPP. Entiendo que no debo acompañar ninguna prueba respecto a este inciso dentro del escrito de inicio, no? Reitero mi agradecimiento! Saludos!!
 #1179595  por Iusgus2013
 
ccolalongo escribió: Lun, 10 Jul 2017, 13:25 Empeza por fijarte a nombre de quien esta el rodado, y si seguramente intentará venderlo. Anda pidiendo un dominio.

Si. Hace un año, para el momento de sacar mediación, solicite un dominio. Ahi verifique que el hermano es el titular y tenia cedula azul el hermano (que choco a mi cliente). Acompaño ello al efecto, tendre problema que sea de un año atras?
 #1179596  por Iusgus2013
 
Si. Hace un año, para el momento de sacar mediación, solicite un dominio. Ahi verifique que el hermano es el titular y tenia cedula azul el hermano (que choco a mi cliente). Acompaño ello al efecto, tendre problema que sea de un año atras?
 #1179747  por abogado_1987
 
Iusgus2013 escribió: Lun, 10 Jul 2017, 13:33 Si. Hace un año, para el momento de sacar mediación, solicite un dominio. Ahi verifique que el hermano es el titular y tenia cedula azul el hermano (que choco a mi cliente). Acompaño ello al efecto, tendre problema que sea de un año atras?
respecto al embargo en si, entiendo que > "... La medida será anotada siempre que el automotor se encuentre registrado a nombre de quién es identificado como “embargado” ..."