Hola colegas, como están? les consulto y pido ayuda ya que seria mi primera ejecución fiscal. Es una persona que ya tuvo sentencia (quedo notificada de la misma y nunca le avisaron, con lo cual esta notificada), y ahora le iniciaron la ejecución de sentencia y nuevamente tiene plazo para oponer excepciones (aquí no la están pudiendo notificar)...mi duda es puede oponer las excepciones de siempre o en esta instancia son otras???? Muchas gracias! al mismo tiempo seguiré buscando y leyendo. Saludos!
Lan escribió: ↑Lun, 10 Jul 2017, 11:39 Hola colegas, como están? les consulto y pido ayuda ya que seria mi primera ejecución fiscal. Es una persona que ya tuvo sentencia (quedo notificada de la misma y nunca le avisaron, con lo cual esta notificada), y ahora le iniciaron la ejecución de sentencia y nuevamente tiene plazo para oponer excepciones (aquí no la están pudiendo notificar)...mi duda es puede oponer las excepciones de siempre o en esta instancia son otras???? Muchas gracias! al mismo tiempo seguiré buscando y leyendo. Saludos!En definitiva es una ejecución de sentencia y las excepciones deben ser las del CPCyCN art. 506 con la limitación del 507 o si estás en pcia. las del 504 con la limitación del 505.