Hola Colegas, disculpen que pregunte varios temas sobre "ejecución fiscal" pero estoy por resolverlo. El tema es que el Mandatario me dijo que se abre una cuenta judicial y que el demandado vaya depositando la deuda hasta el mes que se financio y que una vez que complete capital mas intereses (según liquidación que me mandaron por mail, NO consta en el expediente) presente los comprobantes de pago en el expediente y listo. Lo mismo con la carta de pago de sus honorarios. Ahora esto en la practica es así?? no hay que presentar una liquidación en conjunto? como me aseguro que una vez que el cliente deposito el total no me salgan con que se debe algo mas de intereses o lo que fuera? la ejecución fiscal tiene sentencia sin notificar a la demandada aun.- Gracias!!!! Saludos y disculpen las molestias.-
Lan, te hago una pregunta ¿El que está ejecutando es un organismo nacional o provincial ? Lo que yo te contesté en el otro hilo fue pensando que era un org. nacional; ya que si fuera pcial. habría que ir al C.P.Administrativos de la pcia. correspondiente.
Por lo que contás acá es una ejec. de un org. pcial y de serlo el procedimiento es el habitual, guardá el mail aunque esos arreglos se respetan siempre.
También es así si fuera Municipal.