Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • OFICIO EMBARGO

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1179991  por astur
 
que se calcula provisionalmente para responder a intereses y costas, importes que deberán ser transferidos al Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Tribunales, a la orden de este Juzgado y como pertenecientes a este juicio. Para ese fin, ofíciese en la forma solicitada y autorízase a los individualizados para correr con el diligenciamiento del oficio.

Estimados, tengo el auto que copie, DUDAS: (LABORAL -CAPITAL)
1. La cuenta en el banco Ciudad, la abro con una cedula electronica? esta abierto en la feria? a que sector debo ir?
2. es un oficio de embargo, quien lo firma? antes del oficio debo abrir la cuenta para mencionarla en el oficio?
3. Cualquier otro dato que tenga que considerar y que me este olvidando preguntar.
Gracias.
 #1180055  por adessoma
 
1. Sí. Sí. Al subsuelo.
2. A diferencia del proceso civil, en nuestro procedimiento laboral firma el juez porque en lo laboral los embargos no son ejecutivos sino ejecutorios.
3. Sugiero que cuando trabes el embargo, tener previamente el CBU y la cuenta judicial para incluirlo en el oficio.
Saludos.
 #1180063  por astur
 
adessoma escribió: Sab, 15 Jul 2017, 23:38 1. Sí. Sí. Al subsuelo.
2. A diferencia del proceso civil, en nuestro procedimiento laboral firma el juez porque en lo laboral los embargos no son ejecutivos sino ejecutorios.
3. Sugiero que cuando trabes el embargo, tener previamente el CBU y la cuenta judicial para incluirlo en el oficio.
Saludos.
Adrian, muchas gracias!!!
 #1180111  por astur
 
astur escribió: Dom, 16 Jul 2017, 13:04
adessoma escribió: Sab, 15 Jul 2017, 23:38 1. Sí. Sí. Al subsuelo.
2. A diferencia del proceso civil, en nuestro procedimiento laboral firma el juez porque en lo laboral los embargos no son ejecutivos sino ejecutorios.
3. Sugiero que cuando trabes el embargo, tener previamente el CBU y la cuenta judicial para incluirlo en el oficio.
Saludos.
Adrian, muchas gracias!!!
Alguien, tiene un modelo de oficio? me entraron muchas dudas.
Si lo firma el juez, igual se debe transcribir el auto que lo ordena?
 #1180120  por adessoma
 
Si firma juez, no se transcribe el auto que lo ordena.
Va el modelo.

O F I C I O J U D I C I A L
E M B A R G O


Capital Federal (Trabajo), de junio de 2017

Al Sr. Gerente General del
INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA (I.C.B.C.)
Florida 99, piso 1º
S.- / D.-

Me dirijo a Usted en los autos caratulados ", NESTOR DANIEL -9- C/ GALENO ART SA (EX MAPFRE ARGENTINA ART S.A.) S/ Accidente - Ley Especial"; Expediente N° /2010, en trámite por ante el Juzgado Nacional de 1º Instancia del Trabajo Nº 35, a mi cargo, Secretaría única a cargo del Dr. Diego Fernández Madrid, con sede en Tte. Gral. Juan D. Perón 990 piso 7º de esta Capital Federal, a fin de notificarle que: Decrétase embargo sobre bienes de la demandada GALENO ART S.A. (EX MAPFRE ARGENTINA ART S.A.) (CUIT 30-68522850-1) hasta cubrir la suma de $ 213.024,41 (pesos doscientos trece mil veinticuatro con 41/100) en concepto de capital CAPITAL Y HORARIOS del Dr. Desomanzi de la parte ACTORA, con más la suma de $ 100.000 (pesos cien mil), que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses y costas.
A fin de hacerlo efectivo, se le libra el presente oficio para que proceda a retener de las sumas que tenga la embargada depositadas en esa entidad, por cualquier concepto, presentes y /o futuros, los montos indicados ut supra.
Dichos importes deberán ser transferidos dentro de las 48 horas de retenidos al BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, SUCURSAL TRIBUNALES, a la CUENTA 1063 - -0 (CBU 02900759-00) que se encuentra abierta a la orden del Suscripto y como pertenecientes a los autos NESTOR DANIEL C/ MAPFRE ARGENTINA ART S.A. Causa Nº: /2010.
Asimismo, dentro de los cinco días de recepcionado el oficio deberá informar al Juzgado el resultado de la gestión encomendada.
Para su diligenciamiento queda autorizado Adrián Carlos Dessomanzi (T° F° del CPACF).

Sin otro particular, saludo a Usted muy atentamente
 #1180168  por astur
 
adessoma escribió: Lun, 17 Jul 2017, 16:45 Si firma juez, no se transcribe el auto que lo ordena.
Va el modelo.

O F I C I O J U D I C I A L
E M B A R G O


Capital Federal (Trabajo), de junio de 2017

Al Sr. Gerente General del
INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA (I.C.B.C.)
Florida 99, piso 1º
S.- / D.-

Me dirijo a Usted en los autos caratulados ", NESTOR DANIEL -9- C/ GALENO ART SA (EX MAPFRE ARGENTINA ART S.A.) S/ Accidente - Ley Especial"; Expediente N° /2010, en trámite por ante el Juzgado Nacional de 1º Instancia del Trabajo Nº 35, a mi cargo, Secretaría única a cargo del Dr. Diego Fernández Madrid, con sede en Tte. Gral. Juan D. Perón 990 piso 7º de esta Capital Federal, a fin de notificarle que: Decrétase embargo sobre bienes de la demandada GALENO ART S.A. (EX MAPFRE ARGENTINA ART S.A.) (CUIT 30-68522850-1) hasta cubrir la suma de $ 213.024,41 (pesos doscientos trece mil veinticuatro con 41/100) en concepto de capital CAPITAL Y HORARIOS del Dr. Desomanzi de la parte ACTORA, con más la suma de $ 100.000 (pesos cien mil), que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses y costas.
A fin de hacerlo efectivo, se le libra el presente oficio para que proceda a retener de las sumas que tenga la embargada depositadas en esa entidad, por cualquier concepto, presentes y /o futuros, los montos indicados ut supra.
Dichos importes deberán ser transferidos dentro de las 48 horas de retenidos al BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, SUCURSAL TRIBUNALES, a la CUENTA 1063 - -0 (CBU 02900759-00) que se encuentra abierta a la orden del Suscripto y como pertenecientes a los autos NESTOR DANIEL C/ MAPFRE ARGENTINA ART S.A. Causa Nº: /2010.
Asimismo, dentro de los cinco días de recepcionado el oficio deberá informar al Juzgado el resultado de la gestión encomendada.
Para su diligenciamiento queda autorizado Adrián Carlos Dessomanzi (T° F° del CPACF).

Sin otro particular, saludo a Usted muy atentamente
Muchaaaas gracias !!!!!!
 #1182982  por astur
 
Adrian, hacemos el circuito completo.
Me dieron el embargo, se depositaron fondos.
Pedi se libre giro. Me proveyeron librese giro al actor.
Consulta: el cheque lo hacen en el momento? lo retira el actor? o puede el apoderado?
para cobrarlo, hay que ir al banco ciudad, ¿que sector?
Entiendo que si el giro es menor a $ 30.000.- se cobra en efectivo y si es mayor, hay que llevar un cbu del actor, para que hagan la transferencia ¿es asi?
Cualquier otro detalle para tener en cuenta, te agradeceria.
Saludos
 #1183299  por dagaboasol
 
astur escribió:Adrian, hacemos el circuito completo.
Me dieron el embargo, se depositaron fondos.
Pedi se libre giro. Me proveyeron librese giro al actor.
Consulta: el cheque lo hacen en el momento? lo retira el actor? o puede el apoderado? Si en el momento, y lo retira el actor.
para cobrarlo, hay que ir al banco ciudad, ¿que sector? SECTOR COBRO JUDICIALES
Entiendo que si el giro es menor a $ 30.000.- se cobra en efectivo y si es mayor, hay que llevar un cbu del actor, para que hagan la transferencia ¿es asi? BINGO!!! ASÍ ES *foto*
Cualquier otro detalle para tener en cuenta, te agradeceria. COBRA TUS HONORARIOS AL ACTOR ANTES QUE SE DE A LA FUGA JAJAJAJ
Saludos
 #1184808  por Maru37
 
Chicos: me sumo a las preguntas sobre este tema xq es mi primer ejecución de sentencia laboral y estoy re perdida. En juicio laboral CABA, como el demandado vencido no pagó inicié Ejecución de Sentencia. Se trabó embargo en cuenta bancaria del demandado condenado; se depositaron en cuenta Bco Ciudad como pertenecientes a los autos tanto las sumas adeudas al actor con más los presupuestado provisoriamente por intereses y costas y las sumas adeudada a mí en concepto de honorarios con más lo presupuestado porv por intereses y costas. Tengo desde hoy el saldo bancario. La pregunta es: Cómo sigo??? jejeje O sea, 1) debo presentar escrito acompañando mi constancia de inscripción en AFIP, saldo bancario y solicitando se libre giro al nombre del actor por las sumas que le corresponden proporcionando CBU de una cuenta bancaria de su titularidad; y además solicitando se libre giro a mi nombre por mis honorarios acompañando CBU de una cuenta de mi titularidad????; 2) Debo discriminar lo que me corresponde por honorarios en virtud de pacto de cuota litis ya homologado con anterioridad???? 3)En qué momento se pide regulación de honorarios por la Ejecución de Sentencia Laboral????; 4) Hay alguna nueva liquidación que deba presentar (por ejemplo desde la liquidación efectuada por el Juzgado hasta el momento en donde en virtud de la ejecución de sentencia se transfieren el dinero embargado a la cuenta del juzgado??)??? Perdón por tantas preguntas pero soy novata y necesito ayuda urgente. Muchas gracias a quien me pueda ayudar!!!
 #1184816  por astur
 
Maru37 escribió: Mié, 20 Sep 2017, 13:56 Chicos: me sumo a las preguntas sobre este tema xq es mi primer ejecución de sentencia laboral y estoy re perdida. En juicio laboral CABA, como el demandado vencido no pagó inicié Ejecución de Sentencia. Se trabó embargo en cuenta bancaria del demandado condenado; se depositaron en cuenta Bco Ciudad como pertenecientes a los autos tanto las sumas adeudas al actor con más los presupuestado provisoriamente por intereses y costas y las sumas adeudada a mí en concepto de honorarios con más lo presupuestado porv por intereses y costas. Tengo desde hoy el saldo bancario. La pregunta es: Cómo sigo??? jejeje O sea, 1) debo presentar escrito acompañando mi constancia de inscripción en AFIP, saldo bancario y solicitando se libre giro al nombre del actor por las sumas que le corresponden proporcionando CBU de una cuenta bancaria de su titularidad; y además solicitando se libre giro a mi nombre por mis honorarios acompañando CBU de una cuenta de mi titularidad????; 2) Debo discriminar lo que me corresponde por honorarios en virtud de pacto de cuota litis ya homologado con anterioridad???? 3)En qué momento se pide regulación de honorarios por la Ejecución de Sentencia Laboral????; 4) Hay alguna nueva liquidación que deba presentar (por ejemplo desde la liquidación efectuada por el Juzgado hasta el momento en donde en virtud de la ejecución de sentencia se transfieren el dinero embargado a la cuenta del juzgado??)??? Perdón por tantas preguntas pero soy novata y necesito ayuda urgente. Muchas gracias a quien me pueda ayudar!!!
Maru, para arrancar, te doy mi experiencia (gracias al foro):
1. hace un escrito, solicitando giro al actor x $$$$, lo que tengas depositado, y cheques a la suscripta por honorarios.
2. Retiras esa orden de pago en el juzgado.
3. Vas al Banco ciudad, subsuelo y ahi te lo pagan (si es mas de $ 30.000, tiene que llevar el actor un cbu, para que se lo transfieran.

Espero que te sirva
 #1184895  por Maru37
 
Genio astur!!!!! Entonces presento un Acompaña Saldo - Solicita se Libren Giros. Abuso de tu generosidad y sigo preguntando... 1) Presentando este escrito por estar depositados los fondos en cuenta a nombre del juzgado, me libran los cheques sin más o se corre traslado del mismo a la contraria??? 2)Cuándo se pide regulación de honorarios por la Ejecución de Sentencia? o no se pide por estar contemplados en la suma que se presupuestó provisionalmente para intereses y gastos en la orden de traba de embargo???? Mil gracias por toda ayuda que me puedan brindar!!!
 #1184896  por Maru37
 
Genio astur!!!!! Entonces presento un Acompaña Saldo - Solicita se Libren Giros. Abuso de tu generosidad y sigo preguntando... 1) Presentando este escrito por estar depositados los fondos en cuenta a nombre del juzgado, me libran los cheques sin más o se corre traslado del mismo a la contraria??? 2)Cuándo se pide regulación de honorarios por la Ejecución de Sentencia? o no se pide por estar contemplados en la suma que se presupuestó provisionalmente para intereses y gastos en la orden de traba de embargo???? Mil gracias por toda ayuda que me puedan brindar!!!
astur escribió: Mié, 20 Sep 2017, 15:33
Maru37 escribió: Mié, 20 Sep 2017, 13:56 Chicos: me sumo a las preguntas sobre este tema xq es mi primer ejecución de sentencia laboral y estoy re perdida. En juicio laboral CABA, como el demandado vencido no pagó inicié Ejecución de Sentencia. Se trabó embargo en cuenta bancaria del demandado condenado; se depositaron en cuenta Bco Ciudad como pertenecientes a los autos tanto las sumas adeudas al actor con más los presupuestado provisoriamente por intereses y costas y las sumas adeudada a mí en concepto de honorarios con más lo presupuestado porv por intereses y costas. Tengo desde hoy el saldo bancario. La pregunta es: Cómo sigo??? jejeje O sea, 1) debo presentar escrito acompañando mi constancia de inscripción en AFIP, saldo bancario y solicitando se libre giro al nombre del actor por las sumas que le corresponden proporcionando CBU de una cuenta bancaria de su titularidad; y además solicitando se libre giro a mi nombre por mis honorarios acompañando CBU de una cuenta de mi titularidad????; 2) Debo discriminar lo que me corresponde por honorarios en virtud de pacto de cuota litis ya homologado con anterioridad???? 3)En qué momento se pide regulación de honorarios por la Ejecución de Sentencia Laboral????; 4) Hay alguna nueva liquidación que deba presentar (por ejemplo desde la liquidación efectuada por el Juzgado hasta el momento en donde en virtud de la ejecución de sentencia se transfieren el dinero embargado a la cuenta del juzgado??)??? Perdón por tantas preguntas pero soy novata y necesito ayuda urgente. Muchas gracias a quien me pueda ayudar!!!
Maru, para arrancar, te doy mi experiencia (gracias al foro):
1. hace un escrito, solicitando giro al actor x $$$$, lo que tengas depositado, y cheques a la suscripta por honorarios.
2. Retiras esa orden de pago en el juzgado.
3. Vas al Banco ciudad, subsuelo y ahi te lo pagan (si es mas de $ 30.000, tiene que llevar el actor un cbu, para que se lo transfieran.

Espero que te sirva
 #1185354  por fernandez rocio
 
Hola Buenas Tardes, como hago para obtener el cbu para luego informarlo en el oficio , ya tengo el embargo decretado
gracias
 #1185419  por astur
 
fernandez rocio escribió: Mié, 27 Sep 2017, 18:13 Hola Buenas Tardes, como hago para obtener el cbu para luego informarlo en el oficio , ya tengo el embargo decretado
gracias
Vas con una cedula o copia del proveido, al Banco Ciudad (Uruguay y Corrientes) y en el momento te abren la cuenta, te dan una constancia, que la agregas al expediente.
Cuando hace el oficio, pones ese numero de CBU.
(fijate en OFICIO. EMBARGO) que adesoma, lo explico muy bien.