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  • Ayuda, Ley 24.013 art. 9 y 10

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 #1181495  por imperiati1
 
Colegas, tengo una duda.
Una trabajadora fué tardíamente registrada, y la registraron a en otra categoría laboral.
Ya cursé los TCL necesarios para poder iniciar demanda logrando el despido indirecto.

La duda es la siguiente, estamos ante 2 supuestos diferentes pero que convergen entre si.

el Art. 9 y el 10 son acumulables en la liquidación? o le tengo que liquidar por uno de los 2 ?

Fué registrada tardiamente : Art. 9 ley 24013.
La registraron en una categoría laboral distinta y por eso le pagaban menos dinero: Art. 10 Ley 24013.

La registraron 4 meses despues, le pagaban 3 mil menos conforme su verdadera categoría.

Practico la indemnización por el ARt. 9 por un lado, y por el ARt. 10 por el otro ???

Ayuda!!!!
 #1181729  por MORGAN
 
por el 9: se suman todos los sueldos del período en negro más el sac y se divide x 4.
por el 10 las diferencias de sueldo devengadas desde la registración deficiente hasta el despido según decís. todas las operaciones tomando sueldos devengados según cct y a valores al tiempo del despido.
 #1181730  por MORGAN
 
sigo por el 10 que quedó incompleto. todas las diferencias devengadas y no registradas más el sac por todo el tiempo que duró dividido 4.
 #1181800  por dramnj
 
Si, al tiempo del despido.