Larguisima escribió: ↑Jue, 10 Ago 2017, 11:44
Hola, como están gente?? Estoy en duda y confundida, se puede someter a revisión judicial un acuerdo homologado por muerte, cuando en realidad el pago de la indemnización era por incapacidad absoluta?? Gracias!!! La homologación la hizo Ministerio de la Prov. de Bs. As.
como estas?, mirá, voy a contarte experiencias propias con el tema de la "homologación" en la subsecretaría de trabajo de la prov. de bs.as.
En primer lugar, decirte que corrobores que está "homologado" y no "Visado", y posteriormente archivado. Ocurre bastante que se arriba a un acuerdo, se firma, y listo. Pero en verdad, no está "HOMOLOGADO". Para que quede homologado, lo tienen que remitir al Ministerio de la Provincia, el ministerio lo homologa, luego devuelve el expediente a la subsecretaría, y recien allí (con el sello ministerial), queda como homologado previa notificación para que quede firme.
Pasible de revisión judicial ?, no.
Se puede reclamar judicialmente por algo?, si.
Qué se puede reclamar?, si fué por un accidente, podrás reclamar por vía civil y el pago realizado en el ministerio de trabajo quedará a cuenta. Pero decirte que por seguridad jurídica, posiblemente en cede civil no te den nada a no ser que el monto homologado fuera irrisorio.
En un tema de indemnizacion por despido, se puede revisar judicialmente?, si.
Que ocurre con el pago?, es tenido a cuenta si se prueba que debió pagarse un monto mayor.
El único organo capaz de FINALIZAR con la acción, es el organo judicial. Recordá que el ministerio de trabajo, a traves de las subsecretarías zonales, está en la orbita del poder Ejecutivo, no del Judicial.
Yo me he comido juicios posteriores de casos "homologados" en la subsecretaría. de allí que no arreglo ni un juicio mas, a no ser que sea de un monto menor que no valga la pena para nadie iniciar con exito un juicio posterior.