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 #1181964  por Pachita
 
Hola Colegas

Tengo una consulta respecto de una sucesión. Los herederos son dos hijos y el marido. El acervo esta compuesto por el 50% de un inmueble que era un bien propio de la causante, y el 50% de un inmueble ganancial y el 50% de un auto.
Ahora bien el bien propio fue vendido por tracto abreviado.
Y ahora el padre quiere dejarle a los hijos:
1) A un hijo la plata que se obtuvo de la venta del departamento (50% entre los tres) mas dinero del padre
2) Al otro hijo le deja la casa que es un bien ganancial
3) Y respecto del auto se lo quedaría el padre
Ahora bien, claramente debería hacerse la partición con las correspondientes valuaciones para determinar que los valores son iguales, pero mi duda si ya se vendio la casa por tracto abreviado es posible incluirla en la partición? No debería haberse hecho antes?
 #1181971  por legalescom
 
Hace la partición, de forma tal que, a un hijo le queda el producto de la venta del dpto., al otro la casa que, es bien ganancial y al padre el auto. No te van a objetar, en absoluto, si los montos no son iguales. Hecha la partición, con todos sus datos, la denunciás al Juzgado y pedís se fije primera audiencia para que los tres comparezcan, al Juzgado, a ratificar las firmas. Después, pedís se inscriba la partición, conjuntamente, con la declaratoria de herederos, ante el Registro Inmobiliario y ante el Registro del Automotor.
 #1182028  por Pachita
 
Gracias Legales! la verdad tenia entendido que debia ser parejos los montos porque sino no te aprobaban la particion.