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  • SUCESION CAPITAL FEDERAL

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 #1178352  por gise186
 
Buenas tardes colegas, estoy tramitando mi primera sucesión en Capital Federal, ya tengo la declaratoria de herederos, hay una propiedad, único bien. Como debo seguir? Tengo que pagar la tasa de justicia y pedir informe de dominio del inmueble e inhibición de los herederos? Sus respuestas serán de gran ayuda!! Gracias y saludos.
 #1178387  por Squonk
 
gise186 escribió: Lun, 26 Jun 2017, 14:13 Tengo que pagar la tasa de justicia y pedir informe de dominio del inmueble e inhibición de los herederos?

Si es en CABA los herederos tendrían que asumir las deudas que pueda tener el inmueble y también tendrías que pedir el libre deuda de rentas
 #1178422  por abogado_1987
 
en CABA como pauta >
"Buenos Aires, de octubre de 2015 ...
A los efectos de imprimir economía y celeridad procesal en el trámite
del proceso, hágase saber a las parte intervinientes, que en forma
previa a requerir la inscripción del o los bienes que pudieran
componer el acervo hereditario, deberán acreditarse los siguientes
extremos, según se trate de:
I) BIENES INMUEBLES: 1) Certificado de Dominio (RPI); 2)
Certificado de Inhibición y Cesión (RPI); 3) Valuación Fiscal
VIGENTE (DIR de Rentas); 4) para el caso de Provincia de Buenos Aires, Cédula Catastral 10707 (Direccion de Catastro); 5) El comprobante de pago de la Tasa de Justicia y el proporcional sobre los
bienes muebles, 6) Asunción de deudas para Capital Federal, en los
términos del art. 5 de la ley 22.427 o certificado de libre deuda
expedido por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, con un
máximo de 30 días, previo al momento de requerir la inscripción.
Hágase saber, que para el supuesto de haber transcurrido dos años
desde que se ordenara la inscripción de los bienes inmuebles, deberán
actualizarse los certificados de dominio e inhibición, a los fines de
poder suscribir los testimonios respectivos (conf. art. 36 CPCCN).-..."


 #1182111  por gise186
 
Muchisimas gracias por la ayuda! y una vez reúna toda esa documentación, tengo que hacer el escrito solicitando se libre testimonio y oficio de inscripción? Gracias.
 #1182142  por legalescom
 
Si, exacto, una vez reunidos tales requisitos, pedís libramiento de oficio y testimonio, para la inscripción de la declaratoria de herederos. Te aclaro, respecto a tu pregunta inicial, que para inscribir sólo se necesita certificado de inhibiciones y cesiones del causante, no de los herederos. Ya que éstos, si estuvieren inhibidos, sólo lo sería para disponer, no para recibir.