Estimados:
¿Como estan? Tengo un caso de filiación extramatrimonial +impugnación en pcia. bs as. Se realiza la ETAPA PREVIA con el consejero, que envia a todas las partes a efectuarse ADN en asesoria pericial (madre indubitada+hijo+padre biologico+padre legal-el impugnado, que le dio el apellido antes de nacer, pero que no es el biológico-).
Luego, la asesoría pericial remite los informes del ADN, donde da el 99,9% de compatibilidad del padre biológico con el niño; y 7 incompatibilidades genéticas del padre legal.
Antes de celebrarse la audiencia de etapa previa, acompaño demanda, con toda la prueba, etc, la cual NO se me provee porque pasa primero por ETAPA PREVIA; ahora, ya con la PRUEBA DEL ADN en el expediente, el JUEZ me esta proveyendo la CLAUSURA de la etapa previa, y que luego de la notificación, deja expedita la vía del reclamo judicial. Hablando con la letrada de la otra parte, me dice que su cliente va a "esperar la sentencia"; cosa que me parece sumamente extraño teniendo ya la prueba concluyente del ADN.
Mi duda es: ¿tengo que solicitar se provea la DEMANDA presentada, solicitando se tenga por acompañada asimismo la PRUEBA DEL ADN ya glosada en autos? ¿Pido directamente la sentencia en base al ADN acompañado -ya que da un 99,9999% de compatibilidad del padre biológico, y me excluye al otro-? Entiendo que ya teniendo la prueba del ADN realizada, eso es concluyente, y pedir se provean las restantes pruebas sería dilatar el procedimiento innecesariamente.
Aguardo comentarios.
Gracias!
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¿Como estan? Tengo un caso de filiación extramatrimonial +impugnación en pcia. bs as. Se realiza la ETAPA PREVIA con el consejero, que envia a todas las partes a efectuarse ADN en asesoria pericial (madre indubitada+hijo+padre biologico+padre legal-el impugnado, que le dio el apellido antes de nacer, pero que no es el biológico-).
Luego, la asesoría pericial remite los informes del ADN, donde da el 99,9% de compatibilidad del padre biológico con el niño; y 7 incompatibilidades genéticas del padre legal.
Antes de celebrarse la audiencia de etapa previa, acompaño demanda, con toda la prueba, etc, la cual NO se me provee porque pasa primero por ETAPA PREVIA; ahora, ya con la PRUEBA DEL ADN en el expediente, el JUEZ me esta proveyendo la CLAUSURA de la etapa previa, y que luego de la notificación, deja expedita la vía del reclamo judicial. Hablando con la letrada de la otra parte, me dice que su cliente va a "esperar la sentencia"; cosa que me parece sumamente extraño teniendo ya la prueba concluyente del ADN.
Mi duda es: ¿tengo que solicitar se provea la DEMANDA presentada, solicitando se tenga por acompañada asimismo la PRUEBA DEL ADN ya glosada en autos? ¿Pido directamente la sentencia en base al ADN acompañado -ya que da un 99,9999% de compatibilidad del padre biológico, y me excluye al otro-? Entiendo que ya teniendo la prueba del ADN realizada, eso es concluyente, y pedir se provean las restantes pruebas sería dilatar el procedimiento innecesariamente.
Aguardo comentarios.
Gracias!
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