Hola . Quería hacer una consulta ya q tengo un caso y no tengo mucha experiencia en el tema.
Tengo un cliente q se accidentó en el trabajo levantando mucho peso y le hizo hernias de disco. es mecánico de camiones. Realizó la denuncia en la art y luego le otorgaron el alta . Mi cliente solicitó el reingreso x telegrama a la art tal como se lo indicaron en la super y le dieron el alta nuevamente. Luego solicité el reingreso a la art ante la super Intendencia con copia de toda la documentación y le dieron una fecha de audiencia q es este viernes .. en el transcurso de este tiempo mi cliente fue siempre a trabajar y su empleador por sus dolencias lo saco del puesto q tenia de mecánico (donde realizaba trabajos pesados) para ubicarlo en el área administrativa .
Mi consulta es la sgte: Mi cliente ya no le interesa el reingreso al tratamiento xq como le asignaron otro puesto donde no realiza trabajos pesados, no tiene inconvenientes para ir a trabajar. Lo q si quiere es q le determinen la incapacidad. . Para q le paguen una indemnización en la art.
Que hago me presento igual en la audiencia por reingreso o inicio otro trámite de determinación de la incapacidad?
Si voy a la audiencia de reingreso no se determina un % de incapacidad? ?
Como es esto? Es decir como sigue?
La verdad no entiendo mucho... disculpa por las preguntas pero no tengo experiencia en art. ..
Saludos
Gracias
Tengo un cliente q se accidentó en el trabajo levantando mucho peso y le hizo hernias de disco. es mecánico de camiones. Realizó la denuncia en la art y luego le otorgaron el alta . Mi cliente solicitó el reingreso x telegrama a la art tal como se lo indicaron en la super y le dieron el alta nuevamente. Luego solicité el reingreso a la art ante la super Intendencia con copia de toda la documentación y le dieron una fecha de audiencia q es este viernes .. en el transcurso de este tiempo mi cliente fue siempre a trabajar y su empleador por sus dolencias lo saco del puesto q tenia de mecánico (donde realizaba trabajos pesados) para ubicarlo en el área administrativa .
Mi consulta es la sgte: Mi cliente ya no le interesa el reingreso al tratamiento xq como le asignaron otro puesto donde no realiza trabajos pesados, no tiene inconvenientes para ir a trabajar. Lo q si quiere es q le determinen la incapacidad. . Para q le paguen una indemnización en la art.
Que hago me presento igual en la audiencia por reingreso o inicio otro trámite de determinación de la incapacidad?
Si voy a la audiencia de reingreso no se determina un % de incapacidad? ?
Como es esto? Es decir como sigue?
La verdad no entiendo mucho... disculpa por las preguntas pero no tengo experiencia en art. ..
Saludos
Gracias