Colegas... el año pasado inicié dos demandas el mismo día contra una misma empresa, ambos Exptes. están radicados en el mismo Juzgado, en breve tengo las audiencias de trámite... el asunto es que mi intención es ofrecer ad effectum videndi et probandi uno de estos Exptes. en el otro como prueba informativa, consideran que debe ser admitica como prueba informativa en los términos del art. 396 del CPCC???
Muchas gracias de antemano, Mariano.
Muchas gracias de antemano, Mariano.