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  • Deuda contra causante

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 #1182464  por fernando1983
 
Estimados, consulta:

Sucesión recién iniciada (todavía ni siquiera ordenaron citación a herederos y acreedores) por uno de los hijos del causante (7 hijos, casi todos sin comunicación entre sí).
Mi clienta es una de las hijas, que además de ser heredera también es acreedora, ya que tiene un documento firmado por el causante ante escribano público.
Pregunta: Para reclamar su crédito como acreedora, debe acompañar la documentación en la sucesión; o debe iniciar juicio ejecutivo contra los sucesores?
Saludos,
 #1182470  por legalescom
 
Debe presentarse en la sucesión, como heredera y acreedora, en los términos de los arts.:

Art. 2356.- Presentación de los acreedores. Los acreedores hereditarios que no son titulares de garantías reales deben presentarse a la sucesión y denunciar sus créditos a fin de ser pagados. Los créditos cuyos montos no se encuentran definitivamente fijados se denuncian a título provisorio sobre la base de una estimación. (*)
Art. 2357.- Declaración de legítimo abono. Los herederos pueden reconocer a los acreedores del causante que solicitan la declaración de legítimo abono de sus créditos. Emitida tal declaración por el juez, el acreedor reconocido debe ser pagado según el orden establecido por el artículo siguiente. A falta de reconocimiento expreso y unánime de los herederos, el acreedor está facultado para deducir las acciones que le corresponden.
 #1182476  por fernando1983
 
Muchas gracias por la respuesta.
La duda me surge porque al ser 7 hermanos que están todos peleados, no creo que el resto de los coherederos le reconozca el crédito a mi cilenta .

Saludos,
 #1182479  por legalescom
 
Una vez que todos se presenten, de tu pedido, el Juez, les va a correr traslado a todos y, entonces, debidamente asesorados, no creo que se niegan y quieran afrontar los gastos de un juicio. Tendrás que adjuntar la documentación original, con copia para el expediente, para reserva de los originales, y copias para el resto de los herederos. No te olvides que, tu clienta, también, debe afrontar su parte de deuda.