Hola a todos!!!!! Quería consultar...para ver si no estoy errada, la prescripción sobre el cobro ordinario de una suma de dinero es a los 5 años? y en caso de que se inicie mediación antes de que se cumplan los 5 años, se suspende el plazo de prescripción? Gracias.-
Exacto, el plazo prescriptivo, es el genérico de 5 años, del art. 2560 y, la mediación, lo suspende, en los términos del:
Art. 2542.- Suspensión por pedido de mediación. El curso de la prescripción se suspende desde la expedición por medio fehaciente de la comunicación de la fecha de la audiencia de mediación o desde su celebración, lo que ocurra primero. El plazo de prescripción se reanuda a partir de los veinte días contados desde el momento en que el acta de cierre del procedimiento de mediación se encuentre a disposición de las partes.