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  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #1183386  por ipa
 
Es mi primer post aqui.

Estoy estudiando administrativo (cosa q pense q nunca volveria a hacer jej) por un tema de reclamo ante una municipalidad bonaerense por conceptos no remunerativos de empleados municipales y algunos incumplimientos mas...
El tema es q ya hay un reclamo ante el municipio (que identifica el problema pero esta bastante flaco de argumentos) y varios años despues el municipio resuelve (x decreto municipal) diciendo que la ord. general 267 no prevee el recurso interpuesto. Se basa en unos dictamenes a los cuales no tuve acceso aun.
se puede entender como agotada la via administrativa? suponiendo que si, rige el plazo de los 90 dias de la 12008? Porque por ej. tengo entendido q para IPS no rige ese plazo...
Tengo mil dudas mas respecto de los tipos de reclamo, del plazo de la prescripcion, y largos etceteras que espero resolver con los libros, esta duda urge por cuestion de plazos y notificaciones.
Gracias.
 #1183387  por administrativista
 
ipa escribió: Vie, 01 Sep 2017, 16:19 Es mi primer post aqui.


se puede entender como agotada la via administrativa? PROBABLEMENTE suponiendo que si, rige el plazo de los 90 dias de la 12008? CLARO Porque por ej. tengo entendido q para IPS no rige ese plazo... :roll:
Tengo mil dudas mas respecto de los tipos de reclamo, del plazo de la prescripcion, y largos etceteras que espero resolver con los libros, esta duda urge por cuestion de plazos y notificaciones.

Gracias.