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  • Como cobrar temas laborales

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #1183502  por seremanana
 
me estoy metiendo en el derecho laboral y me surgen dudas de como cobrar.
La consulta se la cobro solamente al empleador.
Si patrocino a este ultimo, le cobro normal: gastos, inicio y como dice la nueva ley, si es un juicio contradictorio, 60 jus.
al trabajador el 20% de lo q perciba

esta bien esto?
 #1184620  por drademocracy
 
Si, es correcto. Tene en cuenta que al trabajador no le podes cobrar gastos ni inicio, ni nada hasta que salga la sentencia, ya que rige el principio de gratuidad para él.