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  • PRESCRIPCION. NOTIFICACION DEMANDADO FALLECIDO

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 #1183657  por Iusgus2013
 
Buenas colegas. Inicie una prescripción vicenal en donde el demandado es el padre de mi cliente, quien ha fallecido hace años. La cuestión es que se corrio traslado y se notifico al domicilio en donde vive mi cliente, recepcionandola el hijo del mismo. En la demanda no se menciono el fallecimiento a fin de no cambiar de figura legal y abrir una sucesión porque son varios hermanos y todos conflictivos.
Mi pregunta es la siguiente: si el demandado esta notificado y el juzgado no conoce si esta fallecido o no, se puede hacer decaer el derecho éste y tenerlo por constituido en los estrados del juzgado?
AGRADECERIA SUS OPINIONES PORQUE ESTOY EN DUDA AL RESPECTO!! DESDE YA, MIL GRACIAS. SALUDOS!
 #1183662  por Iusgus2013
 
legalescom escribió: Mar, 05 Sep 2017, 19:46 Si, lo podrías hacer, pero ni que se enteren el resto de los hijos.

Muchas gracias por tu respuesta. Claro, seria lo ideal que no tomen conocimiento los hermanos. Entiendo que distinto seria en el caso ante la imposibilidad de notificarlo porque se deberia mediante oficio al registro de las personas tomar conocimiento del paradero del demandado y la posterior intervención de los futuros herederos. Pero como ya existe notificacion, y no va a contestar pense en encararlo por ese lado. Reitero mi agradecimiento!