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 #1184116  por Olinda
 
Buenas! Soy nueva en el foro, estoy estudiando abogacia y tengo una duda. Aquellos que me puedan ayudar se los voy a agradecer. Mi mama junto con mis dos tias tienen un departamento. En la escritura aparecen las 3, pero mis dos tias van a renunciar a su derecho hacia este departamento. Cuando se hace esta renuncia, mi mama (ahora unica titular del inmueble) tiene que esperar cierto tiempo para poder vender o no hay problema?
Hay usucapion en este caso? Porque buscando en el codigo vi que en el tema de cesion de derechos no dice nada de la prescripcion y en la parte de renuncia tampoco dice nada. Nose como se resolveria!
Muchas gracias nuevamente a quienes me puedan ayudar! Saludos!
 #1184120  por legalescom
 
Tus tías, lo que tienen que hacer es una venta, de sus partes indivisas, a favor de tu mamá. También, se la podrían donar, más económico, pero, por 10 años, tu mamá no podría vender el depto. y, seguí estudiando.
 #1184131  por Olinda
 
Muchas gracias por tu respuesta! Y en el caso de que no quieran venderle y simplemente quieran renunciar?
Gracias :D estoy en eso, por ahora cursando jaja
 #1184144  por Devronn
 
No pueden "renunciar" como si fuese una herencia o ceder los derechos. En todo caso, pueden donarle a tu mamá.
No es que no pueda vender por 10 años, sino que el título es observable por ese plazo y puede ser difícil conseguir comprador, pero podría vender.
Ojo que tus tías no afecten la legítima de sus herederos al donar.
Segura que ellas tres figuran en el título? Por la pregunta, parecería que la situación se da en el marco de una donación donde reciben ellas tres, supuesto en el cual sí podrían hacer una cesión de derechos hereditarios a favor de tu mamá.

Saludos.
 #1184146  por legalescom
 
No obstante, lo dicho por el letrado preopinante, efectivamente, podrían renunciar sus partes, por ante escribano público, en los términos del:

Art. 1989.- Facultades con relación a la parte indivisa. Cada condómino puede enajenar y gravar la cosa en la medida de su parte indivisa sin el asentimiento de los restantes condóminos. Los acreedores pueden embargarla y ejecutarla sin esperar el resultado de la partición, que les es inoponible. La renuncia del condómino a su parte acrece a los otros condóminos.
 #1184148  por Olinda
 
Devronn escribió: Lun, 11 Sep 2017, 22:00 No pueden "renunciar" como si fuese una herencia o ceder los derechos. En todo caso, pueden donarle a tu mamá.
No es que no pueda vender por 10 años, sino que el título es observable por ese plazo y puede ser difícil conseguir comprador, pero podría vender.
Ojo que tus tías no afecten la legítima de sus herederos al donar.
Segura que ellas tres figuran en el título? Por la pregunta, parecería que la situación se da en el marco de una donación donde reciben ellas tres, supuesto en el cual sí podrían hacer una cesión de derechos hereditarios a favor de tu mamá.

Saludos.
Mis abuelos tenian 3 inmuebles, en los tres quedaron sus 3 hijas como dueñas, y dos de ellas siempre renunciaron a su derecho en cada inmueble para que le quede a cada una un inmueble. Mis dos tias hicieron la escritura con sus respectivas renuncias con el viejo codigo y mi mama todavia no hizo la nueva escritura con la renuncia de sus hermas. Ahora quiere vender, pero a mi me entro la duda si va a poder o no, ya que mis tias no quieren hacer una compra/venta con mi mama, solo cederle o renunciar!
Saludos!