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  • Restitución de documentos

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 #1184091  por DrOcto
 
Hola Colegas.

Tengo una duda: viene un cliente diciendo que le dió a otro abogados unos cheques, pagarés, escrituras y demás documental original de relevancia para que inicie una cierta cantidad de procesos. El tema es que el abogado no hizo nada, y ahora me viene a ver a mi para que le haga los juicios, pero el abogado no quiere devolver nada de la documental.

El artículo 372 dice que debe devolver todo cuando termine la representación (era apoderado), pero mi duda queda:
La acción la hago como incumplimiento de contrato? "Restitución de documentos", o cómo??

Gracias!
 #1184098  por legalescom
 
Que, el cliente, le envie carta documento, al letrado anterior, revocándole el poder e intimandolo, en un plazo de 48 hs, a que le reintegre, detallando, todo cuanto retiene en su poder, bajo apercibimiento de denunciarlo penalmente, en los términos del art. 173, inc 2 )del Cód. Penal.
Que dice: Art. 173. Sin perjuicio de la disposición general del artículo precedente, se consideraran casos especiales de defraudación y sufrirán la pena que el establece:
.......
"2) el que con perjuicio de otro se negare a restituir o no restituyere a su debido tiempo, dinero, efectos o cualquier otra cosa mueble que se le haya dado en depósito, comisión, administración u otro título que produzca obligación de entregar o devolver;"
 #1184174  por DrOcto
 
Muchas gracias por responder.

De igual manera, comento que el poder ya fue revocado y que se hizo la respectiva denuncia penal, pero se intenta accionar por la vía civil ya que esa será más expeditiva y rápida que la penal.

Entonces, la duda concreta radica en: cómo acciono para que se dé cumplimiento con el artículo 372 del CCCN?

Muchas gracias