Hola Colegas.
Tengo una duda: viene un cliente diciendo que le dió a otro abogados unos cheques, pagarés, escrituras y demás documental original de relevancia para que inicie una cierta cantidad de procesos. El tema es que el abogado no hizo nada, y ahora me viene a ver a mi para que le haga los juicios, pero el abogado no quiere devolver nada de la documental.
El artículo 372 dice que debe devolver todo cuando termine la representación (era apoderado), pero mi duda queda:
La acción la hago como incumplimiento de contrato? "Restitución de documentos", o cómo??
Gracias!
Tengo una duda: viene un cliente diciendo que le dió a otro abogados unos cheques, pagarés, escrituras y demás documental original de relevancia para que inicie una cierta cantidad de procesos. El tema es que el abogado no hizo nada, y ahora me viene a ver a mi para que le haga los juicios, pero el abogado no quiere devolver nada de la documental.
El artículo 372 dice que debe devolver todo cuando termine la representación (era apoderado), pero mi duda queda:
La acción la hago como incumplimiento de contrato? "Restitución de documentos", o cómo??
Gracias!