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  • Desalojo comodato

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 #117957  por andresnizzo
 
Estimados foristas:
Soy nuevo en el foro y tengo una consulta. Compre un inmueble en la ciudad de Mar del Plata. El mismo se encuentra ocupado por una señora con sus tres hijos, en virtud de un contrato de comodato celebrado entre ella y los anteriores dueños. El contrato está firmado por ambas partes y me han sido cedidos los derechos por parte de los dueños anteriores. El comodato vence el dia 20 de marzo del 2008. Quienes me vendieron la propiedad le notificaron a la señora que ocupa el inmueble mediante CD que la propiedad me fue transferida asi como la cesion de derechos del comodato a mi favor. Asimismo, yo tambien le curse CD a esta señora expresandole estas mismas cuestiones. Pero la señora en cuestión no recibió ninguna de las CD. Por lo que veo la mujer no tiene mucha disposición al diálogo ya que lo he intentado de buenas maneras y recibí portazos en la cara. Uds. opinan que debo iniciarle un desalojo? Le agradecería cualquier comentario o sugerencia para entrar en posesión del inmueble lo antes posible. Desde ya muchas gracias.
Andrés

 #117971  por Sailaw
 
Y..... si, corresponde la acción de desalojo por vencimiento de comodato, me parece que muchos estan haciendo uso para eso de lo establecido en el 676 bis del CPCC de La Pcia. Quizas algún letrado de Buenos Aires, te pueda dar jurisprudencia al respecto.

En la Capital se utiliza el 684 bis del CPCC, y con muy buenos resultados, es muy rápido y con una caución tenes el mandamiento de desalojo depues de haberse integrado la litis, antes de sentencia.

Respecto a las Cartas Documentos que fueron enviadas y su recepción negada por la comodataria, se consideran recibidas, por lo cual la intimación está efectuada.

 #118109  por andresnizzo
 
Gracias Sailaw por tu respuesta.
Me gustaría saber también si alguien puede decirme, cuánto tiempo estás demorando aproximadamente en Pcia. de Bs. As. un juicio de desalojo. Y si alguno podría indicarme algún modelo de demanda para el caso que expuse. Gracias!
Andres

 #118475  por andresnizzo
 
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