Hola, buenas tardes! una duda se puede usar un recibo de sueldo como garantia, en un contrato de alquiler, de una peesona jubilada, con un monto de 30.000 pesos? Estuve leyendo mucho y no me queda claro. Gracias!
Las jubilaciones son inembargables, salvo por alimentos y litisexpensas. O sea q como garantia de un contrato de alquiler no te sirve de nada. No se pueden embargar.
Existen opiniones diversas, las jubilaciones son inembargables en cuanto no superen la mínima y en este ultimo caso con las excepciones que bien menciona la forista. El problema se plantea al momento de la ejecución, va a a depender el juzgado y su criterio. Pero existen antecedentes . Saludos.-