Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Honorarios adeudados por la no condenada en costas. Desde cuando calcular intereses.

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1185217  por frankg5
 
Estimados:
En un expte se notificó a ambas partes la sentencia de cámara sobre honorarios del perito.
Se ejecutó a la condenada en costas y el juzgado indicó que esta tenía el BLSG.
Se ejecutó a la no condenada en costas y el juzgado ordena previamente intimar. Intimada, no deposita, se presenta liquidación y se solicita ejecución y embargo.
La ejecutada deposita fuera de término solo el capital adeudado sin incluir intereses, impugna liquidación oponiendo que debe ser calculada desde la fecha de intimación y pide se levante el embargo.
Entiendo que las costas adeudadas por art 77 (50%) son solidarias y por lo tanto la fecha de cálculo de los intereses debe correr desde que fuera notificada la sentencia y no desde la fecha de intimación.
También entiendo que al haber depositado solamente el capital, sin incluir intereses, el pago no se considera íntegro y por tanto los intereses deben ser calculados hasta la fecha de cancelación total de la deuda (incluidos intereses y costas de ejecución), ya que no puede exigirse que el pago a cuenta sea obligatorio para el acreedor.
El deudor, increiblemente es un banco y el embargo ordenado es contra las cuentas de este en el BCRA...en lugar de pagar todo lo están peleando para no pagar honorarios de ejecución...
Tengo ganas de gestionar el embargo para que los sancionen en el central por giles...
Que opinan?
 #1185440  por Asgard
 
Esta bien lo que indica la otra parte, corren desda la intimacion, porque si bien es solidaria, no es la primer condenada al pago. No son giles, conocen el derecho. Supongo que estan por resolver esta incidencia en el juzgado, y te toca contestar el traslado, vos podes oponerte a lo planteado, pero creo que en definitiva les corresponde desde la intimacion.
Slaudos.