Hola buenas noches, necesito saber si es posible inscribir un boleto de compra venta en el registro de la propiedad de la provincia de Bs As. La persona que me vende el terreno es mediante una cadena de boletos y una cesión de derechos posesorios ya que la titular de dominio fallecio en 1990 y habia recibido la propiedad mediante un testamento.
El Cód. Civil y Comercial, establece:
SECCION 8ª
Boleto de compraventa
ARTICULO 1170.- Boleto de compraventa de inmuebles. El derecho del comprador de buena fe tiene prioridad sobre el de terceros que hayan trabado cautelares sobre el inmueble vendido si:
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c) el boleto tiene fecha cierta;
d) la adquisición tiene publicidad suficiente, sea registral, sea posesoria.
Con lo que supone que, los Registros respectivos, deberán adecuarse a ello.
No obstante ello, en la Provincia de Buenos Aires, ya estaba tratado el tema de la inscripción de algunos boletos. ver http://www.camoron.org.ar/vermas-fallos.php?f=941