Buenas noches: tengo una gran duda, no hago mucho riesgos. El tema es asi, accdiente de trabajo en el año 2011 ( o sea con una ley de riesgos) determinan la incapacidad recien este año 2017 ( forma de liquidar, topes, ripte, etc totalmente distinto) Toman los salarios de 2010... pregunta: no se deberia aplicar la ley correspondiente al momento de la liquidacion o al menos generar algun interes...es un chiste la liquidacion. Solamente le mandan la liquidacion por carta documento. Que opinan?
La liquidacion se realiza por la ley material del momento del accidente.
Esos valores la CNAT los actualza no por RIPTE sino por una tasa de interes hasta el presente. Yo pediria que la actualizacion sera por Acta 2601, pero espnotaneamente no la van a pagar.