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  • Poder venta con cónyuge en el extranjero

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 #1186688  por jorgeromero
 
Buenas tardes,
No estoy seguro de realizar esta consulta en el tema adecuado.
Quería consultar sobre la venta de un inmueble por poder.
Actualmente estoy en Madrid y mi esposa tiene un poder para vender una propiedad.
La propiedad esta en venta y hoy se iba a firmar el boleto de compra-venta pero el escribano dijo que no se podía realizar la operación porque el poder (que no tiene límite de tiempo y se emitió hace unos años), no es válido para las
leyes actuales.
Lo que llegue a entender es que al ser la propiedad bien de familia no es suficiente con que el poder este a nombre de uno de los cónyuges, que además tiene estar a nombre de un tercero que me represente.
Esto es así ?
Por favor, podrían ayudarme e indicarme como es el tema del poder ?
Muchas gracias por la atención
Saludos
 #1186699  por legalescom
 
Muy simple es la respuesta, el Cód. Civil y Comercial (vigente), establece:

Art. 1002.- Inhabilidades especiales. No pueden contratar en interés propio:
.....
d. los cónyuges, bajo el régimen de comunidad, entre sí.....

Por lo tanto, ahora, los cónyuges bajo el régimen de comunidad

Además, establece el Art. 459.- Mandato entre cónyuges. Uno de los cónyuges puede dar poder al otro para representarlo en el ejercicio de las facultades que el régimen matrimonial le atribuye, pero no para darse a sí mismo el asentimiento en los casos en que se aplica el artículo 456. La facultad de revocar el poder no puede ser objeto de limitaciones. Excepto convención en contrario, el apoderado no está obligado a rendir cuentas de los frutos y rentas percibidos.