Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Firma de la demanda, documental y copias

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1186852  por pepemanuel
 
Hola, es la primer demanda que voy a presentar. Tengo entendido que el original de la demanda se firma en la ultima hoja, el cliente a la derecha y el abogado patrocinante a la derecha. Ahora la documental original lleva firma y sello del abogado en todas las hojas? solo del abogado? y en donde?.
Las copias para el traslado y el perito se firman todas las hojas? solo por el abogado?
Espero su respuesta colegas. Muchas gracias.
 #1186857  por abogado_1987
 
en CABA

ARTICULO 120.-De todo escrito de que deba darse traslado y de sus contestaciones, de los que tengan por objeto ofrecer prueba, promover incidentes o constituir nuevo domicilio y de los documentos con ellos agregados, deberán acompañarse tantas copias firmadas como partes intervengan, salvo que hayan unificado la representación.

Se tendrá por no presentado el escrito o el documento, según el caso, y se devolverá al presentante, sin más trámite ni recurso, salvo la petición ante el juez que autoriza el artículo 38, si dentro de los DOS (2) días siguientes a los de la notificación, por ministerio de la ley, de la providencia que exige el cumplimiento del requisito establecido en el párrafo anterior, no fuere suplida la omisión.

Las copias podrán ser firmadas, indistintamente, por las partes, sus apoderados o letrados que intervengan en el juicio. Deberán glosarse al expediente, salvo que por su volumen, formato u otras características resultare dificultoso o inconveniente, en cuyo caso se conservarán ordenadamente en la secretaría. Sólo serán entregadas a la parte interesada, su apoderado o letrado que intervengan en el juicio, con nota de recibo.

Cuando deban agregarse a cédulas, oficios o exhortos, las copias se desglosarán dejando constancia de esa circunstancia.

La reglamentación de superintendencia establecerá los plazos durante los cuales deben conservarse las copias glosadas al expediente o reservadas en la secretaría.

http://www.saij.gob.ar/17454-nacional-c ... ci%F3n&t=3