Hola foristas, tengo que hacer una liquidacion de una sentencia por un accidente de transito pero tengo dudas con la sentencia, dice asi: la SCBA ha decidido la aplicación de la tasa pasiva más alta fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus depósitos a treinta (30) días, vigente al inicio de cada uno de los períodos comprendidos y, por aquellos días en que exista tasa BIP, el cálculo debe hacerse a la tasa pasiva.
En dicho precedente, que conforma doctrina legal del Superior, justamente se convalidó la aplicación de la Tasa Pasiva Digital al caso que se debatía (o Tasa BIP); sin perjuicio de lo cual habrá de aplicarse –como dijo el Tribunal- la tasa pasiva más alta fijada por la Banca provincial al momento de su cómputo.
Que tasa tengo que aplicar?
En dicho precedente, que conforma doctrina legal del Superior, justamente se convalidó la aplicación de la Tasa Pasiva Digital al caso que se debatía (o Tasa BIP); sin perjuicio de lo cual habrá de aplicarse –como dijo el Tribunal- la tasa pasiva más alta fijada por la Banca provincial al momento de su cómputo.
Que tasa tengo que aplicar?