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  • Soy parte actora del expediente (inicie demanda)

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 #1187480  por FedericoBriones1991
 
PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP" les pregunto si me pueden orientar cómo tengo que hacer un escrito para solicitar como parte actora pedir que se archive un expediente iniciado cómo parte actora, el motivo del mismo es por un choque de vehículos, al momento del intercambio de papeles luego de la siniestro, quién choco a mi cliente no poseia ni registro, ni cédula azul ni verde del auto que manejo y chocó contra el de mi cliente, solo tenía comprobante de seguro a nombre del titular anterior ( no denunciaron la venta a favor de este último quién al momento del siniestro dijo q lo había comprado).
Luego de que mi cliente haga la denuncia en su segúro, y al no obtener respuesta por la otra parte , iniciamos pedido de mediación con quién manejaba el auto al momento del siniestro y su supuesto dueño( estos dos nunca se presentaron) y citamos en garantía a la aseguradora, esta última en la mediación no ofreció nada, por ende seguimos el trámite para iniciar la demanda. A momento de realizar el traslado de la misma el dueño del auto y quien manejaba al momento del siniestro no se los pudo encontrar pese a que dirigí todas las cédulas a las direcciones que me salían el la dirección de registro de la propiedad de automotor de la nación y la camara Nacional electoral y el dato que pude obtener que me brindó quien manejaba el auto que Choco al de mi cliente, solo se puedo hacer traslado a la aseguradora obvió y como era de esperar responde negando todo y ofrece prueba anticipada diciendo que quién Choco el vehículo de mi cliente no estaba asegurado. Al comentarle esto a mi cliente ( que me dijo q era muy probable que sucediera esto) me dijo que no quiere seguir haciendoce mala sangre y me pidió que solicité el archivo del expediente, la consulta es cómo tendría que hacer el modelo del escrito, solicitando el envío a archivo.
PD: la demanda se trámita en un juzgado civil y Comercial de capital Federal.
Desde ya muchas gracias por sus aportes que puedan hacerme, es uno de mis primeros trabajos por eso me atreví a escribir aca
 #1187486  por abogado_1987
 
entiendo que no es archivo > ARTICULO 73.- Si el juicio terminase por transacción o conciliación, las costas serán impuestas en el orden causado respecto de quienes celebraron el avenimiento; en cuanto a las partes que no lo suscribieron, se aplicarán las reglas generales.
Si el proceso se extinguiere por desistimiento, las costas serán a cargo de quien desiste, salvo cuando se debiere exclusivamente a cambios de legislación o jurisprudencia y se llevare a cabo sin demora injustificada.
Exceptúase, en todos los casos, lo que pudieren acordar las partes en contrario.
Declarada la caducidad de la primera instancia, las costas del juicio deberán ser impuestas al actor.

ARTICULO 304.- En cualquier estado de la causa anterior a la sentencia, las partes, de común acuerdo, podrán desistir del proceso manifestándolo por escrito al juez quien, sin más trámite, lo declarará extinguido y ordenará el archivo de las actuaciones.
Cuando el actor desistiera del proceso después de notificada la demanda, deberá requerirse la conformidad del demandado, a quien se dará traslado notificándosele personalmente o por cédula, bajo apercibimiento de tenerlo por conforme en caso de silencio. Si mediare oposición, el desistimiento carecerá de eficacia y proseguirá el trámite de la causa.
 #1187488  por FedericoBriones1991
 
Estimado muchas gracias! X su orientación, pero el tema sería que a los que a mí me interesa contactar nunca respondieron la demanda, solo me respondió la compañía que la habíamos citado en garantía x si el que había chocado a mi cliente estaba asegurado, pero como pensábamos no estaba asegurado y se iba a desligar de responsabilidad y es muy probable que la desligen a la aseguradora por la documentación anticipada q presento.
En este caso como tendria q hacer para solicitar que la causa se archive o que no continúe.
Me corrijo, la causa se lleva a cabo en un juzgado civil y Comercial nacional en cap fed.
Gracias x sus aportes
 #1187491  por DRA. MACA
 
Consulta en forma personal un abogado. No podemos asesorarte ni hacerte por escrito nada, para eso el trabajo es por ley arancelado.
 #1187565  por abogado_1987
 
FedericoBriones1991 escribió: Mié, 01 Nov 2017, 06:52 Estimado muchas gracias! X su orientación, pero el tema sería que a los que a mí me interesa contactar nunca respondieron la demanda, solo me respondió la compañía que la habíamos citado en garantía x si el que había chocado a mi cliente estaba asegurado, pero como pensábamos no estaba asegurado y se iba a desligar de responsabilidad y es muy probable que la desligen a la aseguradora por la documentación anticipada q presento.
En este caso como tendria q hacer para solicitar que la causa se archive o que no continúe.
Me corrijo, la causa se lleva a cabo en un juzgado civil y Comercial nacional en cap fed.
Gracias x sus aportes
ARTICULO 73.- Si el juicio terminase por transacción o conciliación, las costas serán impuestas en el orden causado respecto de quienes celebraron el avenimiento; en cuanto a las partes que no lo suscribieron, se aplicarán las reglas generales.
Si el proceso se extinguiere por desistimiento, las costas serán a cargo de quien desiste, salvo cuando se debiere exclusivamente a cambios de legislación o jurisprudencia y se llevare a cabo sin demora injustificada.
Exceptúase, en todos los casos, lo que pudieren acordar las partes en contrario.
Declarada la caducidad de la primera instancia, las costas del juicio deberán ser impuestas al actor.

ARTICULO 304.- En cualquier estado de la causa anterior a la sentencia, las partes, de común acuerdo, podrán desistir del proceso manifestándolo por escrito al juez quien, sin más trámite, lo declarará extinguido y ordenará el archivo de las actuaciones.
Cuando el actor desistiera del proceso después de notificada la demanda, deberá requerirse la conformidad del demandado, a quien se dará traslado notificándosele personalmente o por cédula, bajo apercibimiento de tenerlo por conforme en caso de silencio. Si mediare oposición, el desistimiento carecerá de eficacia y proseguirá el trámite de la causa.
 #1187624  por DRA. MACA
 
Luego no se quejen ni chillen los colegas cuando no les quieren abonar la consulta.