Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Retiro por invalidez y jubilacion

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1187993  por ESCSERGIOH
 
Colegas me llego un caso de un señor que fue echado de su trabajo,en un banco provincial, tramito retiro por invalidez,y despues de varias comisiones medicas,fue aprobado,y empezo a cobrar. Todo bien hasta ahi, y me comenta que el año pasado le dieron la opcion de optar por seguir con el retiro o jubilarse,cumplio los 65 en agosto de este año. Opto por el retiro y fue a comision medica,donde salio negativo,y le suspendieron preventivamente el beneficio,a su vez le dieron fecha en anses para tramitar la jubilacion, su preocupacion es que va a pasar mientras dure el tramite, ya que desde octubre no cobra mas,y le dieron fecha para el 21 de noviembre....entiendo que debe seguir cobrando hasta que salga su jubilacion...es asi?
 #1188735  por ESCSERGIOH
 
nadie con alguna solucion? ayer, 21/11/2017 le dieron numero de expediente para la jubilacion, y de 2 a 3 meses para que empiece a cobrar, podria presentar un amparo para que cobre antes? o que deberia hacer colegas? es un señor que no puede estar sin cobrar y sin obra social ya que tiene varios problemas medicos
 #1188739  por NahuelCopeland
 
Hola! A mi entender al momento que le notifican el dictamen que ocasionó que le revoquen el beneficio, había que apelarlo. Si quedó firme y ya le suspendieron el beneficio, el de jubilación tramita por otro distinto y nada tiene que ver con el de retiro, con lo cual no debería seguir cobrando. Comenzará a cobrar cuando le salga el de jubilación. Saludos
 #1188790  por ESCSERGIOH
 
NahuelCopeland escribió: Mié, 22 Nov 2017, 12:49 Hola! A mi entender al momento que le notifican el dictamen que ocasionó que le revoquen el beneficio, había que apelarlo. Si quedó firme y ya le suspendieron el beneficio, el de jubilación tramita por otro distinto y nada tiene que ver con el de retiro, con lo cual no debería seguir cobrando. Comenzará a cobrar cuando le salga el de jubilación. Saludos

si,me vino a ver cuando ya habia dejado de cobrar,por ende no se pudo apelar...pero mi pregunta es,puedo apurar el tramite interno prrsentando un amparo para que cobre mas rapido?
 #1188871  por lucky
 
Fijate si vencieron los plazos que estipula la Carta Compromiso de Anses, y en tal caso hacé el reclamo con la clave de seguridad social del titular o presentá un nota en Córdoba 720. Pero si están dentro de los plazos para otorgar el beneficio lo veo complicado de apurar.
 #1189100  por ESCSERGIOH
 
lucky escribió: Vie, 24 Nov 2017, 08:36 Fijate si vencieron los plazos que estipula la Carta Compromiso de Anses, y en tal caso hacé el reclamo con la clave de seguridad social del titular o presentá un nota en Córdoba 720. Pero si están dentro de los plazos para otorgar el beneficio lo veo complicado de apurar.
le dieron numero de exppediente la semana pasada,y esa direccion que me diste,Cordoba 720,calculo que es en Cap Fed,soy de Misiones je...no habria posibilidad entonces que prospere el amparo?
 #1189101  por lucky
 
Podés hacerle enviar un telegrama gratuito a Córdoba 720. Generalmente se ocupan de activarlos.
 #1189106  por dsncorp
 
No hay chances lamentablemente para que cobre antes, como bien te dice el colega el nuevo beneficio no tiene que ver con el retiro, con suerte cobre a los 90 dias habiles de haberlo iniciado. Digo con suerte porque por ahi, tienen que adjuntar los dos expedientes (invalidez y ordinaria) y anexarlos, y aunque fisicamente esten en la misma UDAI cuestiones burocraticas hace que esto tarde. El sistema resuelve las altas y liquidaciones de beneficio una vez acordado al mes siguiente posterior al que fue resuelto, esto es ej. resuelto favorable 11/17 cobro 01/18.
 #1189359  por ESCSERGIOH
 
dsncorp escribió: Mar, 28 Nov 2017, 07:42 No hay chances lamentablemente para que cobre antes, como bien te dice el colega el nuevo beneficio no tiene que ver con el retiro, con suerte cobre a los 90 dias habiles de haberlo iniciado. Digo con suerte porque por ahi, tienen que adjuntar los dos expedientes (invalidez y ordinaria) y anexarlos, y aunque fisicamente esten en la misma UDAI cuestiones burocraticas hace que esto tarde. El sistema resuelve las altas y liquidaciones de beneficio una vez acordado al mes siguiente posterior al que fue resuelto, esto es ej. resuelto favorable 11/17 cobro 01/18.
gracias por sus respuestas,quedara esperar nomas