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  • FONDO COMPENSADOR TELEFONICO: DENIEGAN BENEFICIO

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1188298  por juancapa
 
Estimados colegas:

Me llegó un caso contra el Fondo Compensador Telefónico.
Consulto porque estuve leyendo bastante y nunca me había tocado incursionar en la materia.
Mi cliente pidió el beneficio del FCT en 2007 y se lo denegaron meses después, por entender que luego de jubilarse como empleada de teléfonos (1998) realizó actividades remuneradas en 1999. Por tal motivo, atento incurrir en la causal del art. 5 inc. b del régimen del FCT ("no ejercer actividad remunerada"), se lo rechazaron.
Pregunta:
Puede iniciar juicio pidiendo devolución de lo aportado al FCT? Por aplicación de los ppios generales del derecho (enriquecimiento sin causa del FCT y el correlativo empobrecimiento de mi cliente, violación a la garantía de pdad, etc) creo que podría encontrar buenos fundamentos.

Espero opinions! Gracias!
 #1188507  por lucky
 
Tendrias que leer el Reglamento de ese Fondo Compensador y ver qué dice. Seguramente habla de un régimen solidario. Pero fijate específicamente si contempla esta situación. Recuerdo que en los 90 se hacían este tipo de reclamos y no prosperaban. No sé después si cambió la jurisprudencia.
 #1188511  por juancapa
 
Lucky, buenas tardes.
Lo leí de arriba a abajo y ésta situación no está contemplada.
Recordás algun antecedente jurisprudencial para guiarme? No he encontrado nada que me sirva, ni siquiera en sentido negativo, o sea, que rechacen reclamos de éste estilo. Gracias!
 #1188513  por lucky
 
Lo que te menciono es de memoria y fue en la década del 90. No tengo a mano nada pero si encuentro algo te lo paso.
También habría que ver si hay algo de otros Fondos Compensadores porque funcionan más o menos igual.
 #1188947  por lauchina
 
Hola, tuve un caso de un cliente que no pudo cobrar el fondo porque habían transcurrido más de 5 años de su desvinculación con Telecom. Hubo intercambio telegráfico y la última opción que quedaba era hacer juicio y mi cliente desistió. El Fondo compensador telefónico es un fondo solidario, por lo tanto el argumento es que los aportes no son propiedad de quien los realice .
Hay un último reglamento , creo, del año 2011/2012 donde deja establecido taxativamente que causas son motivo de la exclusión de percibir dicho fondo.
Con esta respuesta no estoy diciendo que tienen razón, te comento lo que quizá te respondan si envías C.D..
Éxitos